BOPV nº 80 · · Presidencia del Gobierno
RESOLUCIÓN de 6 de abril de 2011, del Secretario General de Acción Exterior, por la que se convocan ayudas para la realización de proyectos de información y difusión de temas europeos, en el ejercicio 2011.
Por Decreto 35/1998, de 10 de marzo, modificado por el Decreto 100/2005, de 26 de abril, se regulan las ayudas para la realización de proyectos de información y difusión de temas europeos (publicados en el BOPV n.º 50, de 13 de marzo de 1998 y en el n.º 89, de 13 de mayo de 2005, respectivamente). De conformidad con lo establecido en el mismo, procede convocar las ayudas para 2011, con cargo al Presupuesto de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el 2011. Atendiendo a lo establecido en el artículo 15.5 del Decreto 1/2010, de 12 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional de la Presidencia del Gobierno - Jaurlaritzaren Lehendakaritza, corresponde al Secretario General de Acción Exterior realizar la convocatoria de las subvenciones relativas a su área competencial. En su virtud, RESUELVO : Artículo único Convocatoria. Convocar ayudas para la realización de proyectos de información y difusión de temas europeos, de conformidad con el Decreto 35/1998, de 10 de marzo, modificado por el Decreto 100/2005, por un importe total de 97.000 euros con arreglo a las bases que se aprueban y figuran en el anexo único. DISPOSICIÓN ADICIONAL De acuerdo con Reglamento (CE) n.º 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, estas ayudas son calificadas de minimis, puesto que ninguna ayuda total concedida a una persona jurídica o física determinada superará los 200.000 euros, durante un periodo de tres ejercicios fiscales. Se considera que por debajo de este límite las ayudas no afectan al comercio y/o no falsean la competencia y por consiguiente no entran dentro del ámbito de aplicación del artículo 87 apartado 1 del Tratado CE. DISPOSICIONES FINALES Primera En lo no previsto en la presente Resolución y en el Decreto 35/1998, de 10 de marzo, será de aplicación lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Segunda Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Tercera La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 6 de abril de 2011. El Secretario General de Acción Exterior, GUILLERMO ECHENIQUE GONZÁLEZ. ANEXO BASES DE LA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE INFORMACIÓN Y DIFUSIÓN DE TEMAS EUROPEOS Primera Objeto. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.