BOPV nº 79 · · Vivienda, Obras Públicas y Transportes

DECRETO 75/2011, de 12 de abril, sobre autorización de participación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi en la ampliación de capital de la sociedad «Aparkabisa Bizkaiko Garraio Gunea, A.B. ¿ Centro de Transportes de Bizkaia, A.B.».

El incremento de las relaciones comerciales entre los países comunitarios y la importancia económica del sector del transporte han motivado la creación en Europa de estos centros que facilitan el contacto entre la oferta y la demanda de transporte, a la vez que posibilitan la coordinación intermodal, mejorando la organización, gestión y coordinación de las empresas. La Sociedad «Aparkabisa Bizkaiko Garraio Gunea AB-­Centro de transportes de Biz­kaia, S.A.» se constituyó por Decreto ­242/1982, de ­20 de diciembre, como Sociedad Pública de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, habiendo perdido tal condición por Decreto ­375/1985, de ­3 de diciembre. Constituye su objeto social la realización de aquellos fines, dirigidos a la promoción, preparación y explotación de Centrales Integrales de Mercancías y aparcamiento para vehículos pesados en el Territorio Histórico de Biz­kaia. El capital social anterior a la ampliación acordada se fija en cuarenta y siete millones seiscientos cuarenta y un mil quinientos treinta y nueve euros y sesenta y seis céntimos (47.641.539,66) euro, estando participado y suscrito por la administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi en un importe de nueve millones quinientos ocho mil novecientos setenta y nueve euros y treinta y seis céntimos (9.508.979,36) euro, que suponen un porcentaje del ­19,96% de aquél. Siguiendo con la política de la administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi de potenciar los centros integrados del transporte ubicados en la Comunidad se ha teniendo en cuenta el informe de previsión de la Sociedad «Bizkaiko Garraio Gunea AB-­Centro de Transportes de Biz­kaia, S.A.» (Aparkabisa) de ampliar su capital social en un millón setecientos cuarenta y nueve mil seiscientos sesenta y siete euros y cincuenta y nueve céntimos (1.749.667,59), representadas por tres mil seiscientas treinta y nueve (3.639) acciones nominativas de cuatrocientas ochenta euros y ochenta y un céntimos (480,81) de valor nominal cada una de ellas. Una vez analizado el informe de previsión para la ampliación de capital elaborado por el Director General de la mencionada sociedad, se estima adecuado a tal fin acudir a la citada ampliación de capital, siendo posteriormente el porcentaje de participación de la Administración de Euskadi en el capital social del ­19,96%, todo ello conforme al procedimiento señalado en el artículo ­110 del Decreto Legislativo ­2/2007, de ­6 de noviembre, de aprobación del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi, y demás disposiciones concordantes. En su virtud, a propuesta de los Consejeros de Economía y Hacienda y de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día ­12 de abril de ­2011, DISPONGO : Artículo ­1. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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