BOPV nº 75 · · Cultura

ORDEN de 23 de marzo de 2011, de la Consejera de Cultura, por la que se establece el régimen de concesión de subvenciones para el desarrollo entre las personas jóvenes de programas y actividades de educación en valores democráticos y cultura de paz.

El Departamento de Cultura comparte con otras Instituciones la labor de fomento entre las personas jóvenes de programas de educación en valores democráticos y cultura de paz en la Comunidad Autónoma de Euskadi. A tal fin, establece, a través de la presente Orden, los cauces para hacer efectivo su apoyo a aquellas personas jurídicas, públicas o privadas, que tengan entre sus fines el desarrollo de una actividad enmarcada en alguna de las áreas que determina la presente Disposición. El apoyo al desarrollo de programas para las personas jóvenes de educación en valores democráticos y cultura de paz que la presente Orden pretende se plantea por el Departamento de Cultura como un instrumento más que ayude a potenciar la integración de las personas jóvenes y otros sectores singulares en la sociedad, permitiendo a las diferentes entidades de la Comunidad Autónoma de Euskadi la ejecución de sus programas de educación en valores democráticos y cultura de paz conforme al diseño libremente elaborado por las mismas y eludiendo la determinación de unos límites estrictos que pudieran coartar la iniciativa creativa de los agentes del ámbito de educación en valores democráticos y cultura de paz. Así, la presente convocatoria, se dirige fundamentalmente a la determinación, por un lado, de los artículos legales mínimos que garanticen los principios de objetividad, concurrencia y publicidad, comunes a cualquier convocatoria de subvenciones, y, por otro, a la fijación de los mecanismos que permitan al Departamento de Cultura conocer el correcto destino de los fondos públicos. A tenor de lo expuesto, se diseña un marco de apoyo para las entidades dedicadas a realizar para las personas jóvenes programas de educación en valores democráticos y cultura de paz lo suficientemente amplio para permitir el acceso al régimen de subvenciones a todas aquellas entidades que deseen ejecutar una actividad o un programa anual, con rigor, desde cualquier perspectiva, con la única limitación de la consignación presupuestaria que, a tal efecto, contenga los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi. En virtud de lo cual, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Orden la regulación del régimen de concesión de subvenciones destinadas a la ejecución entre las personas jóvenes de actividades de educación en valores democráticos y cultura de paz que se desarrollen en el ejercicio 2011. Las actividades a subvencionar deben respetar escrupulosamente el derecho a la vida y el conjunto de los derechos humanos contemplados en la Declaración Universal de 1948, así como los contemplados en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966 y del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966; evitando actividades que enaltezcan o justifiquen el terrorismo. Artículo 2 Recursos económicos. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus