BOPV nº 72 · · eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad
RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2011, de la Directora de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se aprueba la solicitud de renuncia parcial de la cooperante Ana Alejos Sampedro que debía desarrollar su actividad en el proyecto presentado por la entidad Unesco Etxea dentro de la convocatoria de ayudas a Organismos Internacionales de Naciones Unidas y a personas jurídicas vinculadas a los mismos, para becar a las personas cooperantes voluntarias de la Comunidad Autónoma Vasca.
De conformidad con lo establecido en la Resolución de 23 de octubre de 2009, de la Directora de Cooperación al Desarrollo, por la que se conceden ayudas a Organismos Internacionales de Naciones Unidas y a personas jurídicas vinculadas a los mismos, para becar a las personas cooperantes voluntarias de la Comunidad Autónoma Vasca fue concedida a la entidad Unesco Etxea una ayuda de 15.450 euros destinada a becar a la cooperante voluntaria Ana Alejos Sampedro para su participación en un proyecto que la entidad realizaba en Indonesia. Con fecha 9 de noviembre de 2010, fue remitida a esta Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo la solicitud de renuncia parcial a la beca. Dado que la cooperante ha disfrutado de 11 meses de la ayuda concedida, la renuncia asciende a la cantidad de 1.250 euros, por lo que la entidad beneficiaria deberá devolver 1.250 euros. Por todo lo expuesto, el informe técnico de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo informa favorablemente a los cambios solicitados por la entidad beneficiaria de la subvención, en vista de lo cual, RESUELVO : Primero Aceptar la renuncia parcial de la cooperante Ana Alejos Sampedro que debía desarrollar su actividad en el proyecto presentado por la entidad Unesco Etxea dentro de la convocatoria de ayudas a Organismos Internacionales de Naciones Unidas y a personas jurídicas vinculadas a los mismos, para becar a las personas cooperantes voluntarias de la Comunidad Autónoma Vasca. La renuncia asciende a la cantidad de 1.250 euros, por lo que la entidad beneficiaria tiene que devolver 1.250 euros. Segundo Contra la presente Resolución, se podrá interponer recurso de alzada ante el Presidente o Presidenta de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación. En Vitoria-Gasteiz, a 7 de marzo de 2011. La Directora de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, MARTA ARES GODOY.