BOPV nº 64 · · Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo

ACUERDO del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, adoptado en su sesión de 3 de marzo de 2011, por el que se aprueba la convocatoria de ayudas de apoyo a la contratación de personas desempleadas no perceptoras de prestación contributiva y/o perceptoras de la renta de garantía de ingresos de la Comunidad Autónoma Vasca.

Ley 2/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la CAPV para el ejercicio 2010 creó, en su disposición adicional segunda, el ente público de derecho privado Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, con la finalidad contribuir al pleno desarrollo del derecho al empleo, estable y de calidad, y favorecer la configuración de un mercado de trabajo que contribuya de forma eficiente a garantizar la empleabilidad de las personas trabajadoras, y a cubrir las necesidades de personal adaptado a los requerimientos de las empresas, así como a favorecer la cohesión social y territorial, a través de la gestión de las políticas de empleo que le sean encomendadas en el ámbito de las competencias de la Comunidad Autónoma de Euskadi. La Comisión Mixta de Transferencias adoptó, en su reunión del día 28 de octubre de 2010, el Acuerdo de traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de ejecución de la legislación laboral en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación profesional para el empleo, aprobado mediante RD 1441/2010, de 5 de noviembre, y por Decreto del Gobierno Vasco 289/2010, de 9 de noviembre. La gestión de las funciones y servicios traspasados, así como de las funciones que en materia de políticas activas de empleo venía desarrollando el Departamento de Empleo y Asuntos Sociales y la sociedad pública a él adscrita, Egailan, S.A., fue asumida por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Mediante el Decreto 329/2010, de 30 de noviembre, se aprobaron los estatutos del ente público y en el Decreto 354/2010, de 28 de diciembre, se ha regulado el inicio de sus actividades con fecha 1 de enero de 2011, así como las condiciones de adscripción de medios personales y materiales. Entre las funciones asumidas por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, se encuentran las referidas a la gestión de los programas de empleo, incluida la aprobación y tramitación de las correspondientes convocatorias subvencionales. Desde el Gobierno Vasco, en el marco de un dialogo abierto con otras fuerzas políticas, se decidió poner en marcha un plan «+Euskadi 09» para el 2009 y 2010 con un paquete de medidas extraordinarias dirigidas a paliar la situación actual de crisis económica vasca, ante un escenario macroeconómico de una caída de la demanda interna, el consumo privado y la formación bruta de capital, y por parte de la oferta, desplome de sectores productivos como la industria y con lenta recuperación de otros sectores como la construcción. Entre estas medidas, el Departamento de Empleo y Asuntos Sociales convocó, mediante Orden de 25 de noviembre de 2009 (BOPV de 27 de noviembre de 2009), ayudas de apoyo a la contratación de personas desempleadas y/o perceptoras de la renta de garantía de ingresos de la Comunidad Autónoma Vasca. No habiéndose apreciado un cambio de escenario económico, en el mismo marco se propone la puesta en marcha de un nuevo programa de ayudas a la contratación. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus