BOPV nº 64 · · Vivienda, Obras Públicas y Transportes
DECRETO 65/2011, de 29 de marzo, de autorización a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi para la creación y adquisición de participaciones en la sociedad pública Alokabide, S.A.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes sobre Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, son sociedades públicas las sociedades mercantiles en cuyo capital sea mayoritaria la participación de las entidades que integran el sector público de la Comunidad Autónoma, ya se rijan éstas por el derecho público o por el derecho privado. Para la determinación de dicha participación mayoritaria se tendrán en cuenta todas las participaciones de las entidades referidas. Por su parte, de acuerdo con lo previsto en el apartado primero del artículo 20 de la citada norma, constituye un supuesto de creación de una sociedad pública la adquisición de la cualidad de sociedad pública por parte de una sociedad mercantil preexistente. La sociedad Alokabide, S.A., participada en el 50 por ciento de su capital, desde su creación, por la Sociedad Pública «Vivienda y Suelo de Euskadi, S.A» (Visesa) y, en el resto, por las Cajas de Ahorro Vascas y Caja Laboral, tiene jurídicamente naturaleza de entidad privada habiendo gestionado hasta la fecha los arrendamientos de una buena parte del parque público de viviendas, así como las pertenecientes a su propio patrimonio. En este momento, constituye una de las prioridades de la acción pública en materia de vivienda el desarrollo de la vivienda pública en alquiler por lo que resulta imprescindible contar con un instrumento eficaz y especializado para su ejecución, definiendo con claridad el ámbito público de gestión que no conviene que quede encomendado a una sociedad de naturaleza privada. En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 29 de marzo de 2011, DISPONGO : Artículo 1 Adquisición de participaciones y creación de la sociedad pública Alokabide, S.A. Se acuerda la adquisición por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi de las acciones que ostentan actualmente en la sociedad Alokabide, S.A. las entidades Bilbao Bizkaia Kutxa (BBK), Gipuzkoa Donostia Kutxa-Caja Gipuzkoa San Sebastián (Kutxa), Caja de Ahorros de Vitoria y Álava-Araba Gasteizko Aurrezki Kutxa (Caja Vital Kutxa), Caja Laboral Popular, Coop. de Crédito-Euskadiko Kutxa (CLP) y Vivienda y Suelo de Euskadi, S.A. (Visesa). El precio de la compraventa de acciones se fija en la suma total de 4.781.239,52 euros. Igualmente, se acuerda la creación de una Sociedad Pública de carácter mercantil y forma Anónima, cuyos socio único en el momento de su constitución será la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y que tendrá la denominación de Alokabide, S.A. Artículo 2 Aprobación de estatutos sociales y disposiciones aplicables a la nueva sociedad. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.