BOPV nº 59 · · Empleo y Asuntos Sociales

DECRETO 42/2011, de 22 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales.

En virtud del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, se procedió a la reordenación de la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Autónoma y a la nueva asignación competencial entre los Departamentos de la misma para llevar a cabo con la máxima eficacia el conjunto de compromisos programáticos que constituyen el Programa de Gobierno para la presente legislatura. En base a ello se aprobó el Decreto 538/2009, de 6 de octubre, para la regulación de la estructura y el funcionamiento del Departamento, en el que se siguieron en la configuración de la estructura departamental los criterios organizativos de austeridad y reducción del número de Viceconsejerías y Direcciones, aplanamiento de estructuras, agrupación de áreas funcionales, construcción de áreas funcionales con amplios contenidos, identificación de áreas funcionales staff no estructurales y el máximo aprovechamiento de tecnologías de la información, criterios todos ellos establecidos en el apartado 2 de la disposición final primera del Decreto 4/2009, de 8 de mayo. Por Decreto 238/2010, de 14 de septiembre, de la Alta Inspección en materia de Servicios Sociales se reguló el régimen de funcionamiento, procedimiento de actuación, organización y régimen de personal de la Alta Inspección en materia de Servicios Sociales prevista en el Capítulo I del Título VII de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales. Mediante Decreto 6/2011, de 18 de enero, del Lehendakari, de segunda modificación del Decreto de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, el Lehendakari ha procedido a la reordenación de la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Autónoma y a la nueva asignación competencial entre los departamentos de la misma para llevar a cabo con la máxima eficacia el conjunto de compromisos programáticos que constituyen el programa de Gobierno para la presente legislatura. Las modificaciones que contempla afectan a la estructura de este Departamento. Por un lado, el área de actuación «cooperación al desarrollo», antes inserta en este Departamento pasa a formar parte del ámbito competencial de la Presidencia del Gobierno por entender que guarda una mayor conexión con el conjunto de funciones y áreas de actuación atribuidas a ésta. Por otro, se incorpora al ámbito competencial y de gestión del Departamento de Sanidad y Consumo el área de actuación «drogodependencias», antes incluida igualmente en este Departamento de Empleo y Asuntos Sociales. Y por último, se incorpora al ámbito de este Departamento el área de actuación «desarrollo comunitario» antes incluida en el Departamento de Cultura. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus