BOPV nº 57 · · Cultura

RESOLUCIÓN de 23 de febrero de 2011, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones durante el ejercicio 2011 para la promoción y difusión de las artes plásticas y visuales fuera del País Vasco.

El artículo 3.b) de la Ley 3/2007, de 20 de abril, de Creación y Regulación del Instituto Vasco Etxepare dispone que dicho Instituto tiene como fin: «Contribuir a dar a conocer y difundir en el exterior la cultura vasca en cualquiera de sus lenguas oficiales, manifestaciones, soportes, medios y formas de expresión, promoviendo en especial la cultura creada en euskera». De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.2 del Decreto 88/2008, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Instituto Vasco Etxepare, dentro del área de Promoción de la Cultura Vasca, que abarca los ámbitos de la música, las artes escénicas, las artes visuales, el cine, la arquitectura y el diseño, corresponde al Instituto Vasco Etxepare difundir el conocimiento de la creación contemporánea y el patrimonio artístico y promover acciones estratégicas de difusión de las artes. Consecuentemente, la Dirección del Instituto Vasco Etxepare estima oportuno proceder a arbitrar un cauce que permita la promoción y difusión de las artes plásticas y visuales fuera del País Vasco, actuación encuadrable en su ámbito competencial, mediante la concesión de ayudas para la organización o participación en eventos o manifestaciones de arte contemporáneo (certámenes, festivales, exposiciones, proyectos en residencia, proyectos de intercambio de artistas) a celebrar en centros culturales de prestigio en el Estado Español o en el extranjero, en los que se exhiba o difunda proyectos o trabajos de autores residentes en el País Vasco así como sus soportes documentales. En virtud de lo cual, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Resolución el establecimiento y regulación del régimen de concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de actividades concretas en el área de las artes plásticas y visuales, a desarrollar durante el año 2011, en los términos que se establecen en los artículos siguientes. Artículo 2 Beneficiarios. Podrán solicitar subvenciones con cargo a esta Resolución cuantas personas físicas o jurídico-privadas, que tengan vecindad administrativa o domicilio o sede social en la Comunidad Autónoma de Euskadi en el momento de la publicación de la presente Resolución, y realicen las actividades a las que la misma se refiere. No se concederán ayudas a las solicitudes formuladas por entidades privadas de capital mayoritariamente público, ni a aquellas cuyo patrimonio fundacional o cuya participación en los órganos de gobierno o dirección sea mayoritariamente pública. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus