BOPV nº 50 · · Cultura
CORRECCIÓN DE ERRORES de la Resolución de 3 de febrero de 2011, del Director General de HABE, por la que se realizan las convocatorias ordinarias de 2011 para la acreditación de los niveles de euskera del alumnado de euskaltegis o centros homologados de autoaprendizaje inscritos en el Registro de HABE, conforme a su Currículum Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos.
El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto. Advertidos errores de dicha índole en el texto de la Resolución de 3 de febrero de 2011, del Director General de HABE, por la que se realizan las convocatorias ordinarias de 2011 para la acreditación de los niveles de euskera del alumnado de euskaltegis o centros homologados de autoaprendizaje inscritos en el Registro de HABE, conforme a su Currículum Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos (BOPV n.º 40, de 28 de febrero de 2011), se procede a su corrección: En el anexo I, relativo a las Pruebas de 2011 de acreditación de los niveles 1, 2, 3 y 4: características, organización, criterios de evaluación y calificaciones de los distintos apartados, página 2011/1033 (11/17), en el apartado referente a la expresión escrita del nivel 2, Donde dice: Se le planteará una situación en un contexto determinado, y deberá redactar un texto de 140 palabras mínimo, o dos textos de unas 100 palabras. .... Debe decir: «Se le planteará una situación en un contexto determinado, y deberá redactar un texto de 200 palabras mínimo, o dos textos de unas 150 palabras. ...».