BOPV nº 41 · · Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca
RESOLUCIÓN de 11 de enero de 2011, de la Viceconsejera de Medio Ambiente, por la que se formula la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto de Parque Eólico de Jesuri en el término municipal de Orozko (Territorio Histórico de Bizkaia) y término municipal de Llodio (Territorio Histórico de Álava) promovido por Guascor Wind, S.A.
De conformidad con la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, los proyectos contemplados en el apartado B) de su anexo I quedan sometidos al procedimiento de evaluación individualizada de impacto ambiental, que culmina en una Declaración de Impacto Ambiental a formular con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización o, en su caso, autorización de los citados proyectos. Iniciado el procedimiento de autorización del Proyecto del Parque Eólico de Jesuri en los términos municipales de Orozko y de Llodio, promovido por Guascor Wind, S.A., y resultando de aplicación lo dispuesto tanto en la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, como en el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, se han formalizado en relación con el mismo, entre otros, los trámites que a continuación se relacionan: Con fecha 7 de mayo de 2008, el Departamento de Industria, Comercio y Turismo dio traslado de la Resolución de 23 de abril de 2008, del Director de Energía y Minas, por la que se selecciona el Anteproyecto idóneo para la ejecución del Parque Eólico en el emplazamiento de Jesuri. El Anteproyecto seleccionado correspondió al presentado por Guascor Wind, S.A. Determinación del alcance del estudio de impacto ambiental. A instancias del promotor del proyecto, con fecha 15 de julio de 2008 la Viceconsejería de Medio Ambiente dio inicio al trámite de consultas previsto en el artículo 8.1 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos. Dicho trámite culminó con la emisión por parte del órgano ambiental, en fecha 19 de mayo de 2009, de informe sobre la amplitud y nivel de detalle del estudio de impacto ambiental. Trámite de información pública. El órgano sustantivo sometió el proyecto y el correspondiente estudio de impacto ambiental al trámite de información pública (Boletín Oficial del Territorio Histórico de Bizkaia n.º 66, de 7 de abril de 2009, Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava n.º 41, de 6 de abril de 2009 y Boletín Oficial del País Vasco n.º 79, de 29 de abril de 2009). Remisión del expediente y solicitud de declaración de impacto ambiental. Con fecha 11 de junio de 2010 la Dirección de Energía y Minas remitió el expediente a la Viceconsejería de Medio Ambiente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 12.1 del Real Decreto Legislativo 1/2008 de 11 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos. Con fecha 19 de noviembre de 2010, y en cumplimiento de los requerimientos formulados por el órgano ambiental, se completa la documentación del expediente. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.