BOPV nº 25 · · Sanidad y Consumo

ACUERDO de 10 de enero de 2011, del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por el que se modifica la denominación de Salud Mental Extrahospitalaria de Gipuzkoa por la de Red de Salud Mental de Gipuzkoa.

De conformidad con el artículo 4 de los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, el Consejo de Administración puede modificar la denominación de las organizaciones de servicios, si bien, con posterioridad a la publicación en el BOPV, deberá de comunicarse debidamente a la Dirección de Patrimonio, a fin de que tengan constancia del cambio de denominación, así como al Registro de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios, regulado en el Decreto 31/2006, de 21 de febrero, de autorización de los centros, servicios y establecimientos sanitarios. En base a estas previsiones, el Presidente del Consejo de Administración plantea el cambio de nombre de la organización de servicios actualmente denominada Salud Mental Extrahospitalaria de Gipuzkoa por la denominación «Red de Salud Mental de Gipuzkoa», completándose de esta forma el proceso de modificación de las denominaciones ya realizadas en Bizkaia y Álava, a efectos de su unificación terminológica. A la vista de esta propuesta, el Consejo de Administración, ACUERDA : Primero Modificar la actual denominación de Salud Mental Extrahospitalaria de Gipuzkoa por la nueva de Red de Salud Mental de Gipuzkoa. Segundo Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial del País Vasco a los efectos oportunos. En Vitoria-Gasteiz, a 10 de enero de 2011. El Presidente del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, JAVIER RAFAEL BENGOA RENTERÍA.

Publicación oficial en euskadi.eus