BOPV nº 18 · · Cultura
DECRETO 7/2011 de 18 de enero, por el que se califica como Bien Cultural, con la categoría de Monumento, la Ermita de Nuestra Señora de Udiarraga, en Ugao-Miraballes (Bizkaia).
La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural. En ejercicio de la competencia exclusiva asumida en la materia de Patrimonio Cultural, se aprueba la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco, que regula los procedimientos de declaración de los bienes. Mediante Resolución de 22 de junio de 2010, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, publicada en el BOPV n.º 185 de 24 de septiembre de 2010, se incoó y se acordó someter a los trámites de información pública y audiencia a los interesados el procedimiento para la declaración de la Ermita de Nuestra Señora de Udiarraga en Ugao-Miraballes (Bizkaia), como Bien Cultural Calificado, con la categoría de Monumento. Abiertos los trámites de información pública y audiencia a los interesados, presentó escrito de alegaciones D. Félix M.ª Iturriaga, en representación del Obispado de Bilbao. Junto con el escrito de alegaciones se acompaña un informe técnico del Responsable del Departamento de Documentación del Obispado en el que se solicitan determinadas modificaciones en la redacción del anexo II de la Resolución para aclarar algunos puntos que podían inducir a confusión, la subsanación de algunos errores tipográficos y la eliminación de la descripción de la talla principal del Retablo de la Mención del Niño, por tratarse de una suposición no documentada. Analizadas las alegaciones se procede a su admisión y a la modificación de los extremos mencionados en el anexo II. En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 11.1 y 12 de la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco, visto el informe favorable de los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural, a propuesta de la Consejera de Cultura y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 18 de enero de 2011, DISPONGO : Artículo 1 Declarar la Ermita de Nuestra Señora de Udiarraga en Ugao-Miraballes (Bizkaia) como Bien Cultural Calificado con la categoría de Monumento. Artículo 2 Proceder a la Descripción formal del bien calificado a los efectos que la vigente legislación sobre Patrimonio Cultural prevé, en los términos expresados en el anexo II del presente Decreto. Artículo 3 Establecer como Delimitación del Bien la que consta en el anexo I del presente Decreto, en base a las razones esgrimidas en el mismo. Artículo 4 Aprobar el Régimen de Protección de la Ermita de Nuestra Señora de Udiarraga, que se establece en el anexo III del presente Decreto, y el de sus bienes muebles vinculados, que se establece en el anexo IV. DISPOSICIONES ADICIONALES Primera Por el Departamento de Cultura se inscribirá la Ermita de Nuestra Señora de Udiarraga, en el Registro de Bienes Culturales Calificados, adscrito al Centro de Patrimonio Cultural Vasco. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.