BOPV nº 11 · · Educación, Universidades e Investigación

Corrección de errores del Acuerdo de 10 de noviembre de 2010, del Consejo de Administración de Uniqual, por el que se fija el procedimiento y el plazo de presentación de solicitudes para la evaluación de la actividad investigadora del profesorado con contrato laboral permanente en la UPV/EHU (Profesorado Pleno, Profesorado Agregado, Profesorado Colaborador permanente e Investigadores permanentes).

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto. Advertidos errores de dicha índole en el texto del Acuerdo de 10 de noviembre de 2010, del Consejo de Administración de Uniqual, por el que se fija el procedimiento y el plazo de presentación de solicitudes para la evaluación de la actividad investigadora del profesorado con contrato laboral permanente en la UPV/EHU (Profesorado Pleno, Profesorado Agregado, Profesorado Colaborador permanente e Investigadores permanentes), publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 230, de 30 de noviembre de 2010, se procede a su corrección: En el título, página 2010/5718 (1/7), donde dice: Acuerdo de 10 de noviembre de 2010, del Consejo de Administración de Uniqual, por el que se fija el procedimiento y el plazo de presentación de solicitudes para la evaluación de la actividad investigadora del profesorado con contrato laboral permanente en la UPV/EHU (Profesorado Pleno, Profesorado Agregado, Profesorado Colaborador permanente e Investigadores permanentes). Debe decir: RESOLUCIÓN de 25 de noviembre de 2010, del Director de Uniqual por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración de Uniqual, por el que se fija el procedimiento y el plazo de presentación de solicitudes para la evaluación de la actividad investigadora del profesorado con contrato laboral permanente en la UPV/EHU (Profesorado Pleno, Profesorado Agregado, Profesorado Colaborador permanente e Investigadores permanentes). En el artículo segundo, página 2010/5718 (2/7), donde dice: Segundo La presente convocatoria se regirá por las normas específicas contenidas en este Acuerdo y en sus correspondientes bases recogidas en el anexo I, y se atenderá a lo dispuesto en: la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del 27), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero de 1999 (BOE del 14) y la Resolución de 6 de noviembre de 2007 (BOE de 21 de noviembre), de la Presidencia de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, la Resolución de 18 de noviembre de 2009, por la que se actualizan los criterios específicos en cada uno de los campos de evaluación, y que figuran en la página http://www.educacion.es/cneai/. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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