BOPV nº 248 · · Industria, Innovación, Comercio y Turismo
RESOLUCIÓN de 17 de noviembre de 2010, de la Directora de Administración y Seguridad Industrial, por la que se designa a SGS Española de Control, S.A. como organismo autorizado de verificación metrológica de sistemas de medida de líquidos distintos del agua, denominados surtidores o dispensadores.
Ref.: 01-OV-1009 (SUR) ANTECEDENTES DE HECHO Primero Con fecha 19 de mayo de 2010, D. Luis Cañizo Barroso, en nombre y representación de la empresa SGS Española de Control, S.A., con domicilio, en Punta Ceballos, Zierbana, ha presentado en la Delegación Territorial de Bizkaia solicitud de autorización para realizar los ensayos de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica previstos en la Orden ITC/3720/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado de sistemas de medida de líquidos distintos del agua, denominados surtidores o dispensadores. Segundo Para la designación como organismo autorizado de verificación metrológica, la entidad solicitante deberá cumplir con los requisitos establecidos por la Resolución de 29 de noviembre de 2007, de la Secretaria General de Industria, por la que se publica la Directriz 1/2007, de 26 de noviembre, para la designación de organismos autorizados de verificación metrológica. A tal efecto, se ha presentado certificado de acreditación, OC-I/181, emitido por ENAC, acompañado del anexo técnico Rev. 2 de fecha 23 de octubre de 2009, que incluye los aparatos surtidores con caudal máximo de 60 l/min, por lo que procede efectuar la designación solicitada, con carácter definitivo. Para la resolución de este expediente es preciso tener en cuenta los siguientes FUNDAMENTOS JURÍDICOS El artículo 11 del Decreto 38/2001, por el que se establecen los medios para la ejecución del control metrológico en la CAPV, especifica que el órgano competente en materia de industria podrá habilitar a entidades de verificación metrológica para el desempeño de las funciones de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica. La Dirección de Administración y Seguridad Industrial es el órgano competente para la adopción de la presente Resolución en virtud de los establecido en el artículo 14 del Decreto 514/2009, de 22 de septiembre (BOPV de 24-09-2009), por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo. La legislación básica reguladora del control metrológico de los instrumentos de medida está constituida por la Ley 3/1985, de Metrología, modificada por Real Decreto Legislativo 1296/1986, de 28 de junio, Ley 13/1996, de 30 de diciembre y Ley 66/1997, de 30 de diciembre, el Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida y la citada Resolución de 29 de noviembre de 2007. La Orden de 26 de abril de 2004, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regulan las entidades de verificación de los sistemas de medida de líquidos distintos del agua, destinados al suministro de carburantes y combustibles líquidos y de los manómetros de uso público para neumáticos de los vehículos automóviles. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.