BOPV nº 247 · · Educación, Universidades e Investigación
RESOLUCIÓN de 1 de diciembre de 2010, del Viceconsejero de Universidades e Investigación, por la que se resuelve la segunda renovación de las ayudas convocadas por Orden de 15 de junio de 2010, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, dentro de los programas de formación y perfeccionamiento de personal investigador.
La Orden de 15 de junio de 2010, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se regulan y convocan las ayudas nuevas y renovaciones para los Programas de Formación y Perfeccionamiento de Personal Investigador correspondientes al curso 2010-2011 contempla la renovación de las ayudas concedidas en el curso 2008-2009 dentro del programa de ayudas predoctorales para formación de personal investigador, modalidades AE, B y AK. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes de la segunda renovación y tomando en consideración la evaluación de dichas solicitudes y la propuesta elevada por la Comisión Evaluadora, en cumplimiento de lo dispuesto en la Orden 15 de junio de 2010, RESUELVO : Primero Conceder la renovación solicitada para el curso 2010-2011 al personal investigador en formación que figura en el anexo I. Este personal investigador en formación pasará de la situación jurídica de beca a la de contrato en prácticas el 1 de enero de 2011. Segundo Conceder la renovación de las ayudas de formación de investigadores para el curso 2010-2011 a cada uno de los beneficiarios de la modalidad AK que figuran en el anexo II. Este personal investigador en formación continuará en la situación jurídica de beca, siendo la fecha de efectos de la renovación el 1 de enero de 2011. Tercero Conceder la ayudas de la renovación a los centros de aplicación del personal investigador en formación que figura en el anexo I para financiar los correspondientes contratos en prácticas, de acuerdo a las cantidades dispuestas en el anexo III. Estos contratos en prácticas cubrirán el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2011. Cuarto Abonar las ayudas de estas renovaciones a los centros de aplicación una vez hayan sido recibidas en la Dirección de Política Científica la aceptación de la adjudicación y las declaraciones responsables de encontrarse al corriente en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como en el pago de obligaciones por reintegro. Quinto La cuantía, duración y demás condiciones para el disfrute de estas ayudas son las que se deriven de lo dispuesto en la Orden de 15 de junio de 2010. DISPOSICIÓN FINAL Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso alzada ante la Consejera de Educación, Universidades e Investigación en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En Vitoria-Gasteiz, a 1 de diciembre de 2010. El Viceconsejero de Universidades e Investigación. (Firmado por Delegación mediante Resolución de 21 de julio de 2010). La Directora de Universidades, ZURIÑE GÓMEZ DE BALUGERA LÓPEZ DE ALDA. I. ERANSKINA / ANEXO I Dei. Conv. Mod. I. abizena I apellido II. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.