BOPV nº 246 · · Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca
RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2008 del Viceconsejero de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental integrada para el proyecto de vertedero de residuos no peligrosos, promovido por Debagoieneko Mankomunitateaen el término municipal de Bergara (Gipuzkoa).
ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha 8 de septiembre de 2006, D. Ignacio Lakunza Antón, en nombre y representación de Debagoieneko Mankomunitatea, solicitó ante el Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco el otorgamiento de la autorización ambiental integrada de conformidad con lo dispuesto en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, para la actividad de vertedero en el municipio de Bergara (Gipuzkoa). La solicitud se acompañaba del Informe Urbanístico favorable del Ayuntamiento de Bergara y de la siguiente documentación técnica: Estudio sobre la adaptación del vertedero Epele de Bergara (Gipuzkoa) a las exigencias del Real Decreto 1481/2001 de 27 de diciembre por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero, redactado por Geyser HPC, S.A. en enero de 2003. Plan de acondicionamiento al RD 1481/2001 del vertedero de Epele, T.M. de Bergara, Gipuzkoa, redactado por Lurgintza Ingeniería Geológica, S.L. en marzo de 2006. Informe geotécnico. Estudio de estabilidad en el vertedero de Epele (Bergara), redactado por Ikerlur, Geología y Geotecnia en agosto de 2005. Resumen no técnico (8 de septiembre de 2006). Informe sobre la documentación a presentar para la solicitud de AAI según la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación. Vertedero de Epele (Bergara) (8 de septiembre de 2006). En el momento de la solicitud de la autorización de referencia, Debagoieneko Mankomunitateatenía, entre otras. Licencia de actividad de fecha 11 de noviembre de 1996. La citada autorización se concedió para la actividad de vertedero de residuos no peligrosos. Asimismo, la empresa promotora disponía de la correspondiente autorización de vertido a cauce, de 14 de marzo de 1995, y de autorización para la ejecución de un vertedero de residuos inertes de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente en materia de aguas y de residuos. La Dirección de Calidad Ambiental con fecha 27 de septiembre de 2006 solicita informes a diversos órganos con intervención en el procedimiento en orden a que por el órgano ambiental se acuerde el trámite de información pública del proyecto (Ayuntamiento de Bergara y Departamento de Sanidad del Gobierno Vasco). Con fecha 21 de diciembre de 2006, el órgano ambiental requirió al promotor que incorporara documentación adicional, completándose el expediente el 24 de julio de 2007. Una vez constatada la suficiencia de la documentación aportada, por resolución de 17 de diciembre de 2007, del Viceconsejero de Medio Ambiente, se acuerda someter a información pública, por un periodo de 30 días hábiles, el proyecto promovido por la Debagoieneko Mankomunitateaen orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimasen oportunas, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, ambas con fecha de 23 de enero de 2008. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.