BOPV nº 246 · · Justicia y Administración Pública
ORDEN de 13 de marzo de 2010 de de la Consejera de Justicia y Administración Pública por la que se aprueba e inscribe la modificación del artículo 11 de los estatutos de «Oiartzo Batxilergo Ikastola Fundazioa», de Errenteria (Gipuzkoa)
Visto el expediente que la Fundación «Oiartzo Batxilergo Ikastola Fundazioa», de Errenteria (Gipuzkoa) presenta, de aprobación e inscripción de modificación del artículo 11 de sus Estatutos, atendiendo a los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO Primero El 4 de agosto de 2009 tuvo entrada en el Departamento de Justicia y Administración Pública solicitud suscrita por don José Miguel Zabala Gamborena, en representación de la Fundación «Oiartzo Batxilergo Ikastola Fundazioa», de Errenteria (Gipuzkoa), de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación del artículo 11 de sus Estatutos, acordada el 13 de mayo de 2009 por el Patronato de la Fundación, referente a la vigencia de los nombramientos de los miembros del Patronato de la Fundación. Segundo Con el escrito de solicitud de inscripción se presentó doble copia autorizada de la Escritura pública de modificación de estatutos, otorgada el 29 de julio de 2009 por doña Junkal Erzibengoa Aizpiolea, en nombre y representación de «Oiartzo Batxilergo Ikastola Fundazioa», ante don Enrique García-Jalón de la Lama, Notario del Ilustre Colegio del País Vasco (n.º de protocolo: 1248). En dicha Escritura pública se indica que no existe prohibición de los fundadores y que los fines fundacionales han sido respetados, así como que la modificación estatutaria no supone alteración de carácter económico en la Fundación. Dicha Escritura pública incorpora certificación expedida en Errenteria el 27 de julio de 2009 por doña Junkal Erzibengoa Aizpiolea, Secretaria del Patronato de la Fundación, con el visto bueno de su Presidente, del acta de la reunión del Patronato celebrada el 13 de mayo de 2009, en la que se acordó modificar el artículo 11 de los estatutos de la Fundación, cuya nueva redacción consta en el certificado. Tercero Los expedientes han sido examinados por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco, que a su vista han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero Corresponde a la Consejera de Justicia y Administración Pública dictar, mediante Orden la Resolución de los expedientes de modificación estatutaria presentado sobre la base de los artículos 36.3 y 40 de la Ley de Fundaciones del País Vasco y artículo 4 del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco; el artículo 9.1.e) del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos; y el artículo 4.1 del Decreto 472/2009, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Administración Pública. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.