BOPV nº 235 ·

DECRETO 303/2010, de 23 de noviembre, de modificación del Decreto por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Interior.

La aprobación del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación y su posterior modificación por el Decreto 20/2009, de 30 de julio, encomendó a los Consejeros o Consejeras la elaboración de los reglamentos orgánicos de sus respectivos Departamentos que debían adecuarse a los principios inspiradores y a los objetivos previstos en el programa de Gobierno para cada una de las áreas de actuación asignadas a los mismos. Así mismo, se establecía que dichos reglamentos deberían seguir los criterios organizativos de austeridad, reducción y aplanamiento de estructuras, así como los de agrupación de áreas funcionales y construcción de las mismas con amplios contenidos. En cumplimiento de este mandato el Departamento de Interior aprobó el Decreto 471/2009, de 28 de agosto, y corrección de errores publicada el 14 de diciembre de 2009, sobre estructura orgánica y funcional del mismo de acuerdo a los criterios organizativos señalados en la Disposición Final Primera del mencionado Decreto 4/2009. La modificación presente profundiza en la remodelación iniciada en las diferentes áreas del Departamento de Interior y en el cumplimiento de los criterios organizativos derivados del Decreto 4/2009 para lograr una mayor eficacia y eficiencia en la gestión de sus competencias. En tal sentido, y en aras de lograr una mayor operatividad de las áreas dedicadas al soporte administrativo de la funciones de seguridad, se suprime la Dirección de Recursos Técnicos e Infraestructuras, redistribuyéndose las funciones que hasta ahora ejercía entre las Direcciones de Gestión Económica y Contratación y la Dirección del Gabinete de la Viceconsejería de Seguridad que pasan a denominarse respectivamente Dirección de Gestión Económica e Infraestructuras y Dirección del Gabinete y Recursos Técnicos. En el mismo sentido, la evaluación de la estructura de determinadas áreas ha aconsejado el diseño de una nueva estructura mucho más eficiente agrupando servicios administrativos que anteriormente estaban dispersos en dos direcciones. Así, se suprime la Dirección de Procesos Electorales y Documentación, atribuyéndose sus funciones a la Dirección de Juego y Espectáculos cuya nueva denominación pasa a ser «Dirección de Administración Electoral, Juego y Espectáculos». Por otra parte, la experiencia permite aseverar que los servicios de meteorología y climatología constituyen parte de los sistemas de alerta frente a fenómenos meteorológicos adversos susceptibles de provocar situaciones de grave riesgo para personas y bienes. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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