BOPV nº 234 · · Empleo y Asuntos Sociales

RESOLUCIÓN de 24 de noviembre de 2010, del Viceconsejero de Empleo, Formación e Inclusión Social, por la que se da publicidad a la modificación de la cuantía global máxima destinada durante el año 2010 para la financiación de las ayudas previstas en el Capítulo II y en el punto 2 del apartado d) del artículo 5.1 del Decreto 327/2003, de 23 de diciembre, por el que se regulan las medidas destinadas a la mejora de la ocupabilidad y a promover la inserción laboral.

En el Boletín Oficial del País Vasco n.º 104, de 3 de junio de 2010, se publicó la Resolución de 2 de junio de 2010, del Viceconsejero de Empleo, Formación e Inclusión Social, por la que se da a conocer el importe total de los créditos asignados durante el año 2010 para la financiación de las ayudas previstas en el Capítulo II y en el punto 2 del apartado d) del artículo 5.1 del Decreto 327/2003, de 23 de diciembre, por el que se regulan las medidas destinadas a la mejora de la ocupabilidad y a promover la inserción laboral. El resuelvo único de la Resolución de 2 de junio de 2010 hacía público el importe total de los créditos asignados en el ejercicio económico 2010 para la financiación de las líneas de ayudas reguladas en el Capítulo II y en el punto 2 del apartado d) del artículo 5.1 del Decreto 327/2003, de 23 de diciembre, siendo los siguientes: Para las ayudas del Capítulo II del citado Decreto, un total máximo de 10.863.480 euros, distribuido mediante un crédito de pago para el ejercicio 2010 de 7.664.030 euros y un crédito de compromiso para el ejercicio 2011 de 3.199.450 euros. Para las ayudas recogidas en el punto 2 del apartado d) del artículo 5.1 del Capítulo I del citado Decreto, un total máximo de 30.000 euros con cargo al presupuesto ordinario para el año 2010. De conformidad con el artículo 54.1 del Decreto 327/2003, de 23 de diciembre, la Resolución de 2 de junio de 2010 establece que dichas cuantías podrán verse, en su caso, actualizadas en el supuesto de que se aprueben modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente. En el supuesto de que existan dichas modificaciones, se dará publicidad a esta circunstancia mediante Resolución del Viceconsejero de Empleo, Formación e Inclusión Social. En la fecha actual, dada la persistencia de una alta tasa de desempleo y dado el volumen de actividad formativa que necesariamente debe ser generado para dar respuesta a las necesidades de cualificación de las personas en situación de desempleo, detectadas a través de los Servicios de Orientación para el Empleo en las personas que están siendo atendidas por los mismos, se ha considerado ampliar el crédito disponible en 3.752.230 euros más, con cargo al crédito de pago de 2010. Previa realización de los trámites oportunos, se ha autorizado la ampliación de los créditos destinados a la financiación de las ayudas referidas. Como consecuencia de esta ampliación, habiéndose certificado por la Oficina de Control Económico que existe crédito de pago y de compromiso adecuado y suficiente al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, RESUELVO : Primero - Dar publicidad a la modificación de la cuantía global máxima asignada para la financiación de las ayudas reguladas en el Capítulo II y en el punto 2 del apartado d) del artículo 5.1 del Decreto 327/2003, de 23 de diciembre, aumentándola en la cantidad de 3.752.230 euros, con cargo al crédito de pago de 2010. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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