BOPV nº 230 ·

RESOLUCIÓN de 5 de octubre de 2010, de la Directora de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género, por la que se hace pública la renuncia de Asociación Para el Estudio de la Familia e Infancia-Esteka a la ayuda económica concedida para organizaciones y asociaciones que promuevan la prestación de atención, solidaridad y apoyo a las víctimas de la violencia de género, al amparo de lo dispuesto en la Orden de 17 de marzo de 2010, del Consejero de Interior.

Mediante Resolución de 18 de agosto de 2010, de la Directora de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género, se resuelve y hace pública la concesión de ayudas económicas a las organizaciones y asociaciones que promuevan la prestación de atención, solidaridad y apoyo a las víctimas de la violencia de género. A este tenor, se otorga a Asociación para el Estudio de la Familia e Infancia-Esteka una ayuda económica de mil quinientos cuarenta y seis euros con cuarenta y tres céntimos (1.546,43) para el proyecto presentado por dicha asociación bajo el título «Atención, acompañamiento, inserción y orientación laboral, y asistencia jurídica y psicosocial a mujeres víctimas de la violencia de género», Expediente ASO/48/2010. Dicha Resolución es notificada a la entidad interesada en fecha 30 de agosto de 2010, según consta en acuse de recibo obrante en el expediente. Con fecha 5 de octubre de 2010, registro de entrada 854421, se recibe escrito de D. Xavier Moñux Agote, actuando en nombre y representación de Asociación para el Estudio de la Familia e Infancia-Esteka, comunicando su renuncia al proyecto ASO/48/2010 «Atención, acompañamiento, inserción y orientación laboral, y asistencia jurídica y psicosocial a mujeres víctimas de la violencia de género». En virtud de lo establecido en el artículo 10.3 de la Orden de 17 de marzo de 2010, del Consejero de Interior, por la que se regulan y convocan las ayudas a organizaciones y asociaciones que promuevan la prestación de atención, solidaridad y apoyo a las víctimas de la violencia de género, «si en el plazo de quince días contados a partir del día siguiente de la notificación de la concesión de la subvención, las organizaciones o asociaciones beneficiarias no renuncian expresamente y por escrito a la misma, se entenderá que ésta queda aceptada». Por todo ello, RESUELVO : Primero Aceptar la renuncia presentada por Asociación para el Estudio de la Familia e Infancia-Esteka a la ayuda económica concedida para organizaciones y asociaciones que promuevan la prestación de atención, solidaridad y apoyo a las víctimas de la violencia de género, al amparo de lo dispuesto en la Orden de 17 de marzo de 2010, del Consejero de Interior, otorgada mediante Resolución de 18 de agosto de 2010, por importe de mil quinientos cuarenta y seis euros con cuarenta y tres céntimos (1.546,43) para el proyecto presentado por dicha asociación bajo el título «Atención, acompañamiento, inserción y orientación laboral, y asistencia jurídica y psicosocial a mujeres víctimas de la violencia de género», expediente ASO/48/2010. Segundo Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus