BOPV nº 225 · · Vivienda, Obras Públicas y Transportes

RESOLUCIÓN de 22 de septiembre de 2010, del Director de Infraestructura del Transporte, por la que se somete a información pública el documento de estudio informativo del desdoblamiento entre las estaciones de Herrera y Altza y la nueva estación de Altza/Pasaia.

La modificación del Plan Territorial Sectorial de Red Ferroviaria de la CAPV para Gipuzkoa, aprobada inicialmente mediante Orden de 25 de enero de 2005 del Consejo de Transportes y Obras Públicas, contempla la implantación de una nueva estación en el barrio de Altza (Donostia-San Sebastián) así como la posible reubicación de la estación de Pasaia según nueva traza y subterránea. En marzo de 2009, se convocó Concurso Público para la contratación del Estudio Informativo del metro de DonostiaSan Sebastián. Este nuevo planteamiento obligó a revisar y a actualizar parcialmente, por ser un tramo incluido en el nuevo metro de Donostia-San Sebastián, el «Estudio de Alternativas del tramo HerreraGaltzaraborda», que concluyó en julio de 2009. El 28 de marzo de 2009, se publicó en el DOUE la licitación del servicio para la redacción del Estudio Informativo del Desdoblamiento y nueva estación de Altza/Pasaia, que se adjudicó a SAITEC, S.A. el 11 de septiembre de 2009, en el que, tras revisar todos los condicionantes que se habían venido poniendo de manifiesto durante la realización de los estudios anteriores, se definirá y concretará la solución definitiva de la actuación a realizar entre las estaciones de Herrera y Galtzaraborda. Esta solución discurre por los términos municipales de Donostia-San Sebastián, Pasaia y Errenteria, y formará parte del nuevo sistema de transporte metropolitano en proyecto, denominado Metro de DonostiaSan Sebastián. El objeto del presente Estudio Informativo del desdoblamiento entre las estaciones de Herrera y Altza y la nueva estación de Altza/Pasaia, es la definición y selección de la solución óptima tanto del trazado como de la ubicación de las estaciones que den servicio al barrio de Altza y al municipio de Pasaia. La redacción de este proyecto ha sido supervisada por los Servicios Técnicos de la Dirección de Infraestructura del Transporte, acreditándose que es correcto técnicamente y cumple la normativa específica en materia de ferrocarriles, así como lo dispuesto en los artículos 11 a 16 del Reglamento del Sector Ferroviario y demás disposiciones legales vigentes. Este órgano es competente para la redacción y aprobación de los proyectos de la red de Ferrocarril que no estén reservados al Consejo de Gobierno, según lo dispuesto en el artículo 15.1.e del Decreto 607/2009 de 24 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes. El artículo 10.6 del Reglamento del Sector Ferroviario establece que, previamente a su aprobación definitiva, el proyecto deberá quedar sometido a información pública durante un periodo de 30 días hábiles, al objeto de que puedan formularse alegaciones sobre la concepción global de su trazado, en la medida que afecte al interés general y, en su caso, sobre la evaluación del impacto ambiental. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus