BOPV nº 225 · · Justicia y Administración Pública
ORDEN de 15 de septiembre de 2010, de la Consejera de Justicia y Administración Pública, por la que se aprueba e inscribe la modificación del artículo 3 (domicilio social) de los estatutos de la «Fundación Sancho El Sabio».
Visto y examinado el expediente en el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco de la modificación de los Estatutos de la «Fundación Sancho El Sabio». ANTECEDENTES DE HECHO Primero El 3 de septiembre de 2010 ha tenido entrada en el Registro del Departamento de Justicia y Administración Pública, escrito presentado por don José Ignacio Besga Zuazola, en representación de la «Fundación Sancho El Sabio». Junto a la solicitud se ha presentado doble copia autorizada de la escritura pública otorgada el 6 de mayo de 2009 por don José Ignacio Besga Zuazola, Secretario del Patronato de la Fundación Sancho El Sabio, ante el notario de Vitoria Gasteiz, don Alfredo Pérez Ávila, número 1.236 de su protocolo. La referenciada escritura pública incorpora certificación expedida en Vitoria Gasteiz el 4 de mayo de 2009 por don José Ignacio Besga Zuazola, Secretario del Patronato, con el visto bueno de su Presidente, don Gregorio Rojo García, del acta de la reunión del patronato celebrada el 22 de abril de 2009, en la que se adoptaron, entre otros, el acuerdo de modificar el artículo 3 de los estatutos relativo al domicilio social. En la propia certificación se recoge la nueva redacción íntegra del artículo 3 de los estatutos fundacionales. Segundo El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos de la Unidad de Registro, Asesoramiento y Control de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado propuesta de resolución. FUNDAMENTOS JURÍDICOS Primero Corresponde a la Consejera de Justicia y Administración Pública dictar, mediante orden, la resolución del expediente de inscripción de modificación estatutaria, en virtud del artículos 40 de la Ley de Fundaciones del País Vasco, el artículo 3 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco y el Artículo 9.1. e) del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.