BOPV nº 221 · · Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca

RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2008 del Viceconsejero de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental integrada para la actividad de fabricación de papel, promovida por Celulosas de Hernani, S.A. en el término municipal de Hernani (Gipuzkoa).

ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha 28 de diciembre de 2006, D. Javier Ruiz de la Hera, en nombre y representación de Celulosas de Hernani, S.A., solicitó ante el Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco el otorgamiento de la autorización ambiental integrada de conformidad con lo dispuesto en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, para la actividad de fabricación de papel en el municipio de Hernani (Gipuzkoa). La solicitud se acompañaba de la siguiente documentación técnica: Memoria (diciembre 2006). Resumen no técnico (diciembre de 2006). En el momento de la solicitud de la autorización de referencia, Celulosas de Hernani, S.A. tenía, entre otras, licencia de actividad de fecha 29 de mayo de 2003. La citada autorización se concedió para fabricación de papel tisú. Asimismo, la empresa promotora disponía de las correspondientes autorizaciones de vertido a colector de fecha 23 de octubre de 2003, de productor de residuos peligrosos de 10 enero de 2008, de productor de residuos inertes de 11 de septiembre de 2001 y posteriores ampliaciones y renovaciones. La Dirección de Calidad Ambiental con fecha 23 de enero de 2007 solicita informes a diversos órganos con intervención en el procedimiento en orden a que por el órgano ambiental se acuerde el trámite de información pública del proyecto, en concreto al Ayuntamiento de Hernani, al Departamento de Sanidad del Gobierno Vasco y a la Mancomunidad de Aguas del Añarbe. Con fecha 7 de marzo de 2007, el órgano ambiental requirió al promotor que incorporara documentación adicional, completándose el expediente el 31 de octubre de 2007. Una vez constatada la suficiencia de la documentación aportada, por Resolución de 14 de noviembre de 2007, del Viceconsejero de Medio Ambiente, se acuerda someter a información pública, por un periodo de 30 días hábiles, el proyecto promovido por Celulosas de Hernani, S.A. en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimasen oportunas, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco y en el del Territorio Histórico de Gipuzkoa, ambas con fecha de 3 de diciembre de 2007. Igualmente se procede al anuncio pertinente en dos periódicos de la Comunidad Autónoma del País Vasco con fecha de 2 de diciembre de 2007 y a efectuar la oportuna notificación personal a los vecinos colindantes. Una vez culminado el trámite de información pública se constata que no se han presentado alegaciones. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 17 y 18 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, la Dirección de Calidad Ambiental solicita el 14 de enero de 2008 informe al Ayuntamiento de Hernani, al Departamento de Sanidad del Gobierno Vasco y a la Mancomunidad de Aguas del Añarbe, con el resultado que obra en el expediente. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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