BOPV nº 221 · · Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca

RESOLUCIÓN de 25 de marzo de 2008 del Viceconsejero de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental integrada para la actividad de fabricación de aditivos del cemento y poliésteres, promovida por B.G.B. Giovanni Bozzetto, S.A. en el término municipal de Lantarón (Álava).

ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha 25 de abril de 2006 B.G.B. Giovanni Bozzetto, S.A., solicitó ante el Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco el otorgamiento de la autorización ambiental integrada de conformidad con lo dispuesto en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, para la actividad de aditivos del cemento y poliésteres en el municipio de Lantarón (Álava). La solicitud se acompañaba del informe municipal relativo a la compatibilidad del proyecto con el planeamiento urbanístico de Lantarón, con fecha 10 de octubre de 2005 y la siguiente documentación técnica: Proyecto básico (marzo de 2006). Resumen no técnico (marzo de 2006). En el momento de la solicitud de la autorización de referencia, B.G.B. Giovanni Bozzetto, S.A. tenía, entre otras, licencia de actividad de fecha 20 de octubre de 1993. La citada autorización se concedió para la fabricación de aditivos de cementos y poliésteres. Asimismo, la empresa promotora disponía de las correspondientes autorizaciones de vertido a cauce de 14 de julio de 1994, Inscripción en el registro de pequeños productores de residuos peligrosos de 13 de noviembre de 2000, Inscripción en el registro de productores de residuos industriales inertes de 25 de marzo de 1999, actas de puesta en servicio de los focos de emisión de 3 de mayo de 2001, y posteriores ampliaciones y renovaciones. La Dirección de Calidad Ambiental con fecha 2 de mayo de 2006 solicita informes a diversos órganos con intervención en el procedimiento, en orden a que por el órgano ambiental se acuerde el trámite de información pública del proyecto, concretamente se consulta al Ayuntamiento de Lantarón, al Departamento de Sanidad del Gobierno Vasco y a la Confederación Hidrográfica del Ebro. Con motivo de la instalación de una nueva caldera de vapor, funcionando con gas propano como combustible, la cual sustituye a la antigua instalación que funcionaba con gas oil, y que actualmente queda fuera de uso, a fecha de 11 de septiembre de 2007 la Dirección de Calidad Ambiental del Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en calidad de órgano competente de la Comunidad Autónoma del País Vasco, consideró que la modificación debía de tener la consideración de «modificación no sustancial» de acuerdo con el artículo 10 de la Ley 16/2002. Con fecha 23 de octubre de 2006 y 22 de junio de 2007 el órgano ambiental requirió al promotor que incorporara documentación adicional, completándose el expediente el 5 de noviembre de 2007. Una vez constatada la suficiencia de la documentación aportada, por resolución de 14 de noviembre de 2007, del Viceconsejero de Medio Ambiente, se acuerda someter a información pública, por un periodo de 30 días hábiles, el proyecto promovido por B.G.B. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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