BOPV nº 221 · · Empleo y Asuntos Sociales
ORDEN de 21 de octubre, de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, por la que se establecen ayudas dirigidas a la consolidación de estructuras asociativas de las empresas y entidades de economía social de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
El Departamento de Empleo y Asuntos Sociales ha venido convocando históricamente ayudas dirigidas a la consolidación de estructuras asociativas de las empresas y entidades de economía social de la Comunidad Autónoma de Euskadi como una vía adecuada para desarrollar y mantener un tejido empresarial competitivo, sostenible, y cohesionado en valores. Estas estructuras actúan como elemento clave para lograr que las actividades empresariales interactúen entre ellas y favorezcan la promoción y el fomento de nuevas empresas de Economía Social, así como la consolidación de las ya existentes. Asimismo, en virtud del Decreto 538/2009, de 6 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales, se han ampliado las áreas de responsabilidad de la Dirección de Economía Social, Responsabilidad Social Empresarial y Trabajo Autónomo, extendiendo las mismas a las entidades de la economía solidaria, a las entidades asociativas de los centros especiales de empleo y a las agrupaciones intersectoriales de trabajadores autónomos, todo ello en concordancia con los criterios del Instituto de Derecho Cooperativo y Economía Social-GEZKI de la UPV/EHU. En consecuencia, las ayudas previstas en la presente Orden se amplían desde los dos grupos contemplados en años anteriores (entidades asociativas de sociedades laborales y de cooperativas de trabajo asociado y entidades asociativas de cooperativas distintas del tipo de trabajo asociado y asociativas de carácter confederal) hasta un tercero que agrupa a las nuevas entidades asociativas derivadas de las nuevas áreas de responsabilidad de la Dirección de Economía Social, Responsabilidad Social Empresarial y Trabajo Autónomo. Para estos tres supuestos de ayudas se mantienen idénticas exigencias. Es decir, se requiere que el ámbito de las estructuras asociativas se circunscriba a la Comunidad Autónoma de Euskadi y se exige que cuenten con una antigüedad de, al menos, dos años, ya que el objetivo de las ayudas es la consolidación de las estructuras existentes y no la creación de otras nuevas. En cuanto a los criterios para la determinación de las ayudas, se pretende, como en años precedentes, mantener los utilizados para los tipos de estructuras asociativas que han sido objeto de estas ayudas en años anteriores y para las entidades de la economía solidaria, las entidades asociativas de los centros especiales de empleo y las agrupaciones intersectoriales de trabajadores autónomos se incorpora el criterio basado en «las necesidades objetivas de financiación» de las estructuras, con un importe total máximo de la ayuda de 75.000 euros, pero con un límite que, en este caso, asciende al 75% de los gastos previstos en la planificación que resulte aprobada por la Dirección de Economía Social, Responsabilidad Social Empresarial y Trabajo Autónomo. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.