BOPV nº 215 · · Sanidad y Consumo

ACUERDO de 7 de octubre de 2010, del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por el que se modifica la denominación del Hospital Psiquiátrico y Salud Mental Extrahospitalaria de Araba.

De conformidad con el artículo 4 de los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, el Consejo de Administración puede modificar la denominación de las organizaciones de servicios, si bien, con posterioridad a la publicación en el BOPV, deberá de comunicarse debidamente a la Dirección de Patrimonio, a fin de que tengan constancia del cambio de denominación, así como al Registro de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios, regulado en el Decreto 31/2006, de 21 de febrero, de autorización de los centros, servicios y establecimientos sanitarios. En base a estas previsiones, el Presidente del Consejo de Administración plantea el cambio de nombre de la organización de servicios actualmente denominada Hospital Psiquiátrico y Salud Mental Extrahospitalaria de Araba por la denominación «Red de Salud Mental de Araba», completándose de esta forma el proceso iniciado en el año 1998 cuando el Hospital Psiquiátrico de Álava y la Red de Salud Mental Extrahospitalaria de Álava pasaron a ser una misma organización de servicios, con un mismo centro de gasto y un único equipo directivo. De esta forma y por asimilación a otras denominaciones ya existentes, pasa a llamarse «Red de Salud Mental de Araba». A la vista de esta propuesta, el Consejo de Administración, ACUERDA : Primero Modificar la actual denominación del Hospital Psiquiátrico y Salud Mental Extrahospitalaria de Araba por la nueva de «Red de Salud Mental de Araba». Segundo Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial del País Vasco a los efectos oportunos. En Vitoria-Gasteiz, a 7 de octubre de 2010. El Presidente del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, JAVIER RAFAEL BENGOA RENTERÍA.

Publicación oficial en euskadi.eus