BOPV nº 215 · · Empleo y Asuntos Sociales
ORDEN de 20 de octubre de 2010, de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, por la que se convocan ayudas a entidades de cooperación para promover procesos de cambio organizacional pro-equidad de género para 2010.
El Decreto 197/2008, de 25 de noviembre, por el que se regulan las ayudas a entidades de cooperación para promover procesos de cambio organizacional pro-equidad de género, establece en su artículo 10 que, por Orden de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, se procederá a la convocatoria de las ayudas, indicando el importe de la misma, así como la forma, el lugar y el plazo de presentación de solicitudes, criterios de baremación, formulario de solicitud y modelo de convenio entre Gobierno Vasco y Entidad Solicitante. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. El objeto de la presente Orden es convocar para el presente ejercicio 2010 las ayudas a procesos de cambio organizacional pro-equidad reguladas por el Decreto 197/2008, de 25 de noviembre, por el que se regulan las ayudas a entidades de cooperación para promover procesos de cambio organizacional pro-equidad de género. La presente convocatoria recibió el visto bueno de la Comisión Gestora del Fondo de Cooperación al Desarrollo, en sesión celebrada el 9 de febrero de 2010. Artículo 2 Criterios Las solicitudes serán valoradas de acuerdo a los criterios de selección presentados en el artículo 2 del Decreto 197/2008 de 25 de noviembre y a su correspondiente baremación que se presenta en los anexos I, II, III y IV. Artículo 3 Dotación económica. El importe global de la dotación económica para esta convocatoria será de un monto total de 350.000 euros, los cuales serán distribuidos a entidades de cooperación para promover procesos de cambio organizacional pro-equidad de género, en ayudas que no puedan ser superiores a los 26.400 euros. Dicho importe total podrá ser modificado, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas de la Dirección de Cooperación al Desarrollo y con carácter previo a la resolución de las mismas. De dicha circunstancia se dará publicidad en el BOPV mediante resolución de la Directora de Cooperación al Desarrollo. Artículo 4 Presentación de solicitudes. De conformidad con lo previsto en la Disposición Transitoria del Decreto 197/2008, de 25 de noviembre, por el que se regulan las ayudas a entidades de cooperación para promover procesos de cambio organizacional pro-equidad de género, en tanto no se produzca la puesta en marcha e inicio de las actividades de la Agencia Vascas de Cooperación para el Desarrollo, se entenderá que las tareas de gestión de la Orden serán realizadas por la Dirección de Cooperación al desarrollo, delegándose en la Directora de la misma la firma de los convenios con las entidades adjudicatarias, cuyo modelo se contiene en el anexo VII. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.