BOPV nº 212 · · Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca

ORDEN de 3 de setiembre de 2010, de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, por la que se procede a la convocatoria, para el ejercicio de 2010, de ayudas a las agrupaciones de productores agrarios de patata de consumo y de siembra, prevista en el Decreto 13/2004, de 20 de enero, de Agrupaciones de Productores Agrarios y sus Uniones en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El Decreto 13/2004, de 20 de enero, de Agrupaciones de Productores Agrarios y sus Uniones en la Comunidad Autónoma del País Vasco, tiene por objeto el establecimiento de las normas básicas aplicables al reconocimiento de las Agrupaciones de Productores Agrarios y sus Uniones, que comercialicen en común la producción procedente de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Por su parte, la Orden de 30 de junio de 2008, del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, modificó el volumen mínimo de producción y de negocios y el número mínimo de productores asociados para el reconocimiento de las Agrupaciones de Productores de Patata de Siembra. En el artículo 8 de dicho Decreto establece que por Orden del Consejero de Agricultura y Pesca (actualmente, Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca), entre otros extremos, podrá establecerse para cada producto o grupo de productos un régimen de ayudas para la constitución y/o funcionamiento de las Agrupaciones o sus Uniones. Por otra parte, el Decreto Legislativo 1/1994, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes sobre el Régimen Presupuestario de Euskadi y la Ley 2/2009, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2010, permiten realizar la convocatoria de las ayudas correspondientes a este año. En su virtud, RESUELVO : Primero Objeto. Es objeto de la presente Orden el establecimiento, para el año 2010, de ayudas a la mejora de las estructuras productivas y comerciales de las Agrupaciones de Productores Agrarios de Patata de Consumo y de Patata de Siembra. Las ayudas se enmarcan dentro de lo dispuesto en el Reglamento (CE) n.º 1857/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 70/2001. Segundo Gastos subvencionables. Serán subvencionables los gastos de funcionamiento, que serán considerados los siguientes: a) Gastos anuales de funcionamiento de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias, considerándose como tales los siguientes: Gastos administrativos, que incluyen los siguientes: sueldos y salarios del personal administrativo y técnico, seguridad social a cargo de la agrupación, formación, transporte, seguros de vida, accidente o responsabilidad civil a favor del personal contratado laboralmente y las retribuciones del personal contratado en arrendamiento de servicios. Se excluyen expresamente los gastos por indemnizaciones de despido, procedente o improcedente, del personal. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus