BOPV nº 206 · · Educación, Universidades e Investigación

ORDEN de 5 de octubre de 2010, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan subvenciones para obras y equipamiento, de centros privados y centros públicos de titularidad de Corporaciones Locales, que imparten ciclos formativos de Formación Profesional correspondientes al año 2010.

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional ordena un sistema integral de formación profesional, cualificaciones y acreditación que responda con eficacia y transparencia a las demandas sociales y económicas. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, LOE, publicada en el BOE el 4 de mayo, en su Capítulo V de Formación Profesional establece los Principios generales y regula la Formación Profesional Inicial, que forma parte del sistema educativo, organizada en Ciclos Formativos de Grado Medio y Ciclos Formativos de Grado Superior, impartidos tanto en centros de titularidad pública como privada. No obstante, todavía son numerosos los ciclos formativos regulados e implantados en desarrollo de la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo, de 3 de octubre de1990. En este período transitorio, en que conviven títulos derivados de ambas leyes, resulta de aplicación la disposición transitoria undécima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación que menciona que en las materias cuya regulación remite la presente Ley a ulteriores disposiciones reglamentarias, y en tanto éstas no sean dictadas, serán de aplicación, en cada caso, las normas de este rango que lo venían siendo a la fecha de entrada en vigor de esta Ley, siempre que no se opongan a lo dispuesto en ella. La Planificación de la oferta de Ciclos Formativos ha estado presidida por principios rectores íntimamente vinculados a las necesidades del entorno productivo de los centros, la disponibilidad de recursos humanos y materiales y las demandas del alumnado. En los Decretos de los diferentes títulos de los Ciclos Formativos se establecen las competencias profesionales, personales y sociales, así como los objetivos generales extraídos de las competencias profesionales, junto con las capacidades y logros que debe adquirir el alumnado al finalizar los mencionados Ciclos. Es constatable que la implantación de los Ciclos Formativos necesita un notable esfuerzo de actualización, tanto del equipamiento como de las obras necesarias para conseguir las habilidades y destrezas técnicas necesarias con el fin de adquirir los objetivos mencionados en cada uno de los Decretos correspondientes a cada Ciclo. Para poder subvencionar las obras y equipamientos citados, en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2010, aprobados por la Ley 2/2009, de 23 de diciembre, se dispone de crédito suficiente repartido en varias partidas presupuestarias establecidas al efecto. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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