BOPV nº 203 · · Educación, Universidades e Investigación

ORDEN de 29 de septiembre de 2010, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan ayudas por la realización de la Fase de Formación Práctica (FFP) en los Programas de Cualificación Profesional Inicial, durante el período 2009-2010.

El Decreto 175/2007, de 16 de octubre, por el que se establece el currículo de la Educación Básica y se implanta en el País Vasco, en su artículo 29, hace referencia a los aspectos fundamentales de los Programas de Cualificación Profesional Inicial. La Orden de 10 de junio de 2008, regula los Programas de Cualificación Profesional Inicial en la Comunidad Autónoma del País Vasco y establece de forma obligatoria para todos estos programas una fase de prácticas en empresa denominada módulo de Formación en Centro de Trabajo. En virtud del párrafo segundo del artículo 12 de la citada Orden, el Departamento de Educación, Universidades e Investigación autorizará la impartición de los programas de Cualificación Profesional Inicial, así como las ayudas económicas que puedan percibir los centros educativos o entidades según las modalidades de los programas. La realización, seguimiento y evaluación de esta fase de prácticas conlleva unos costes económicos adicionales, tanto a los participantes y las participantes de la parte educativa como a las empresas colaboradoras. Estos costes son derivados de la utilización de las instalaciones y personal de las empresas y del traslado del alumnado a las mismas. Este módulo de Formación en Centro de Trabajo, que se realiza fuera del centro educativo, conlleva un programa de ayudas a los agentes que intervienen en su desarrollo. Esta formación que debe impartirse, por tanto, en un centro de trabajo (empresas, o talleres) y fuera del centro educativo, hace necesaria una coordinación continuada del centro educativo con los centros productivos. En ningún caso ha de entenderse como provisión o sustitución de mano de obra aunque el alumnado lleve su aprendizaje y desarrolle sus competencias en puestos de trabajo reales. Para hacer frente a este programa de ayudas, la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco ha asignado en sus Presupuestos Generales la correspondiente dotación presupuestaria destinada a subvencionar el módulo de Formación en Centro de Trabajo (FCT). Por ello, de conformidad con lo establecido en las disposiciones contenidas en el Título VI del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, referente a la regulación de las subvenciones en el ámbito de la Administración Pública de la CAPV. RESUELVO : Artículo 1 Objeto y naturaleza de las ayudas. Las ayudas contempladas en la presente Orden tendrán la naturaleza jurídica de subvenciones a fondo perdido destinadas a financiar el módulo de Formación en Centro de Trabajo de los Programas de Cualificación Profesional Inicial. Estas subvenciones podrán otorgarse a los organismos o agentes que participen en la Fase de Formación Práctica en empresas y talleres. Será objeto de ayuda el módulo de Formación en Centro de Trabajo realizada por el alumnado desde el 1 de septiembre de 2009 hasta el 31 de julio de 2010. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus