BOPV nº 189 · · Empleo y Asuntos Sociales

DECRETO 238/2010, de 14 de septiembre, de la Alta Inspección en materia de Servicios Sociales.

La Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, regula la Alta Inspección en materia de Servicios Sociales, con el fin de garantizar el ejercicio efectivo del derecho subjetivo a los servicios sociales así como verificar el cumplimiento y la observancia del ordenamiento jurídico aplicable. De conformidad con los artículos 85 y 86 de la Ley 12/2008, definidos en ella el ámbito y las funciones de la Alta Inspección, le corresponde al Gobierno Vasco desarrollar su régimen de funcionamiento, procedimiento de actuación, organización y régimen de personal. La Alta Inspección en Servicios Sociales, que, según la citada ley, queda adscrita al Departamento del Gobierno Vasco competente en materia de Servicios Sociales, mediante el ejercicio de sus funciones, diferenciadas de aquellas que corresponden a las diferentes Administraciones Públicas en lo correspondiente a inspección ordinaria de Servicios Sociales, contribuirá al funcionamiento armónico y coordinado del Sistema Vasco de Servicios Sociales. Si bien la Alta Inspección únicamente puede incoar procedimientos a las Administraciones Públicas Vascas con competencias en materia de Servicios Sociales, en su condición de autoridad pública y para el cumplimiento de las funciones que tiene legalmente encomendadas, podrá recabar la colaboración de las autoridades y de las personas físicas y jurídicas que estime oportunas y realizar cuantas actuaciones considere precisas. Por la especial importancia de las funciones que tiene encomendadas, se ha determinado que la persona de mayor responsabilidad en el órgano de la Alta Inspección en Servicios Sociales sea un alto cargo con rango de Director o Directora. En virtud de lo dicho, a propuesta de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, de acuerdo con la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi y previa aprobación del Lehendakari y deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 14 de septiembre de 2010, DISPONGO : Artículo 1 Objeto. Es objeto del presente Decreto la regulación del régimen de funcionamiento, procedimiento de actuación, organización y régimen de personal de la Alta Inspección en materia de Servicios Sociales prevista en el Capítulo I del Título VII de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales. Artículo 2 Fines y funciones de la Alta Inspección. Corresponde a la Alta Inspección garantizar el ejercicio efectivo del derecho subjetivo proclamado en el artículo 2 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, así como el cumplimiento y la observancia del ordenamiento jurídico aplicable. Son funciones de la Alta Inspección en Servicios Sociales las establecidas en el artículo 83 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales. Artículo 3 Adscripción. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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