BOPV nº 188 · · Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca

ORDEN de 16 de julio de 2010, de La Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, por la que se aprueba inicialmente el Plan Territorial Parcial del Área Funcional de Donostia-San Sebastián (Donostialdea-Bajo Bidasoa).

La elaboración de los Planes Territoriales Parciales de las Áreas Funcionales de Euskadi se puso en marcha de forma efectiva con la aprobación de las Directrices de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco mediante Decreto 28/1997 de 11 de febrero, proceso que para las Áreas Funcionales de Gipuzkoa se está desarrollando conjuntamente por el Gobierno Vasco y la Diputación Foral de Gipuzkoa Iniciada su formulación conforme a los trámites previstos en el artículo 13 de la Ley del Parlamento Vasco 4/1990 de 31 de mayo de Ordenación del Territorio del País Vasco, con fecha 12 de diciembre de 2008, mediante Orden de la entonces Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco se aprobaron los criterios, objetivos y soluciones generales para la elaboración del Plan Territorial Parcial del Área Funcional de Donostia-San Sebastián y mediante Acuerdo de 3 de marzo de 2009, del Consejo de Diputados de la Diputación Foral de Gipuzkoa, se procedió a establecer los Criterios Objetivos y Soluciones Generales para la elaboración del documento. En este momento, se presenta el documento definitivo redactado por la empresa Ikaur, S.L El Plan Territorial Parcial del Área Funcional de Donostia-San Sebastián, que comprende los términos municipales de Andoain, Astigarraga, Donostia-San Sebastián, Errenteria, Hernani, Hondarribia, Irun, Lasarte-Oria, Lezo, Oiartzun, Pasaia, Urnieta y Usurbil, tiene los siguientes objetivos principales: Preservación y mejora de los recursos naturales y los valores paisajísticos del territorio como bien de uso y de disfrute ambiental de la población y como factor añadido de potenciación y proyección exterior de los activos terciarios del Área Funcional Consideración del medio rural como el soporte básico para el desarrollo de las actividades del sector primario, cuya pervivencia y consolidación se consideran con valor de interés general, no sólo social, cultural y económicamente, sino, también, desde la óptica del mantenimiento y la conservación del territorio. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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