BOPV nº 173 · · Educación, Universidades e Investigación

ORDEN de 21 de julio de 2010, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan ayudas destinadas a las federaciones y confederaciones de entidades asociativas de padres y madres de alumnos y alumnas, de enseñanza no universitaria.

El sistema vasco de educación no universitaria precisa para la consecución de sus fines de la participación y complicidad de todos los sectores sociales implicados. Allí donde la competencia e iniciativa de las entidades asociativas de padres y madres de alumnos y alumnas se demuestran insuficientes, en superiores niveles de participación, se hace necesaria la presencia de federaciones y de confederaciones que implica, para todas las entidades legalmente constituidas, unos importantes gastos. En consecuencia la presente Orden convoca ayudas tanto para su funcionamiento e infraestructura como para la realización de actividades de formación de las personas asociadas así como de actividades educativas complementarias y extraescolares dirigidas al alumnado. De acuerdo con todo lo referido, procede abrir una convocatoria de ayudas con cargo a la dotación presupuestaria consignada al efecto. Por ello, de conformidad con lo establecido en la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi y las disposiciones contenidas en el Título VI del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, referente a la regulación de las subvenciones en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi y en la Ley 2/2009, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2010 y demás disposiciones de general aplicación, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. El objeto de esta Orden es convocar ayudas para las federaciones y confederaciones de entidades asociativas de padres y madres de alumnos y alumnas de centros docentes de enseñanza no universitaria para colaborar en los gastos por ellas soportados, por la realización de las actividades subvencionables señaladas en el artículo 4 de esta Orden, durante el periodo del 1 de julio al 31 de diciembre de 2010. Artículo 2 Recursos económicos. A tal fin se consigna en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el 2010 un crédito de cuatrocientos cincuenta mil (450.000) euros distribuidos, de acuerdo a las siguientes áreas o ámbitos territoriales, en: 1. 90.000 euros para las confederaciones de nivel de Comunidad Autónoma. 222.000 euros para las federaciones que agrupan asociaciones pertenecientes a centros docentes públicos y cuyo ámbito territorial es el de un territorio histórico. 138.000 euros para el resto de federaciones de entidades asociativas de enseñanza tanto asociaciones como cooperativas. La concesión de las ayudas se efectuará entre las federaciones y confederaciones solicitantes siempre que, reuniendo los requisitos subjetivos y objetivos contemplados en la convocatoria, hubieran presentado su solicitud en tiempo y forma. Artículo 3 Beneficiarios. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus