BOPV nº 172 · · Educación, Universidades e Investigación
ORDEN de 1 de junio de 2010, de la Consejería de Educación, Universidades e Investigación, por la que se autoriza el cambio de titularidad del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Virgen Niña» de Vitoria-Gasteiz (Álava).
Examinado el expediente iniciado por la representante legal de la entidad «Congregación de Hermanas de la Caridad de las Santas Bartolomea Capitanio y Vicenta Gerosa», titular del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Virgen Niña» de Vitoria-Gasteiz (Álava), en solicitud de autorización para el cambio de titularidad de dicho centro. Resultando que el citado expediente ha sido tramitado por la Delegación Territorial de Educación de Álava, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia. Vista la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la Educación, el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, y demás legislación vigente aplicable en la materia, RESUELVO : Artículo 1 Se autoriza el cambio de titularidad del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Virgen Niña», con n.º de código: 01001590, y con domicilio en la calle Paseo del Batán, n.º 60, del municipio de Vitoria-Gasteiz (Álava), ostentada por la Congregación Hermanas de la Caridad de las Santas Bartolomea Capitanio y Vicenta Gerosa, que en lo sucesivo lo será por la Fundación Universitaria San Pablo-CEU, quedando ésta subrogada en la totalidad de las obligaciones y derechos que afecten al centro cuya titularidad se le reconoce. Artículo 2 El cambio de titularidad se inscribirá en el Registro de Centros Docentes y el mismo no afectará al normal funcionamiento del Centro. DISPOSICIONES FINALES Primera La presente Orden surtirá efectos a partir del día 1 de septiembre de 2010. Segunda Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 1 de junio de 2010. La Consejera de Educación, Universidades e Investigación, MARÍA ISABEL CELAÁ DIÉGUEZ.