BOPV nº 169 · · Justicia y Administración Pública
ORDEN de 24 de mayo de 2010, de la Consejera de Justicia y Administración Pública, por la que se inscribe la modificación del artículo 5 (domicilio) de los estatutos de la «Fundación Nuevas Claves Educativas» de Vitoria-Gasteiz (Álava).
Visto y examinado el expediente epigrafiado, presentado por la «Fundación Nuevas Claves Educativas» de Vitoria-Gasteiz (Álava), sobre la base de los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero Resultando que el 10 de mayo de 2010 tiene entrada en el Registro del Departamento de Justicia y Administración Pública solicitud suscrita por Dña. Idoia Molinuevo, de inscripción de la siguiente documentación: Doble escritura pública de traslado de domicilio social y modificación de precepto estatutario otorgada el 7 de abril de 2010 por don Koldobika Eguren Cendoya, en su calidad de Presidente de la Fundación, ante el notario de Vitoria-Gasteiz, D. Enrique Arana Cañedo-Argüelles, n.º 1018 de su protocolo. Segundo Resultando que el citado expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos de la Dirección de Registros Administrativos y de Régimen Local que a su vista, han propuesto la presente resolución, en base a los siguientes, FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero Corresponde la Consejera de Justicia y Administración Pública, mediante Orden, la resolución del expediente de inscripción de constitución de la Fundación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco; el artículo 4 del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio; y el artículo 4 del Decreto 472/2009, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Administración Pública. Segundo Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en el artículo 31 de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, así como en el artículo 44 del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio. Tercero Además de los requisitos exigidos con carácter general para la inscripción de las modificaciones de Estatutos de las Fundaciones, se cumplen las reglas que, con carácter particular, recogen los Estatutos de la Fundación al respecto. Vistos los preceptos citados y demás normas de general y pertinente aplicación, La Consejera de Justicia y Administración Pública, RESUELVE: Primero Aprobar la modificación del artículo 5 (domicilio) de los Estatutos de la «Fundación Nuevas Claves Educativas» de Vitoria-Gasteiz (Álava). Segundo Ordenar la inscripción de dicha modificación estatutaria de la Fundación, con la fecha de la presente Orden, de acuerdo con lo establecido en la Escritura pública de traslado de domicilio social y modificación de precepto estatutario el 7 de abril de 2010 por don Koldobika Eguren Cendoya, en su calidad de Presidente de la Fundación, ante el notario de Vitoria-Gasteiz, D. Enrique Arana Cañedo-Argüelles, n.º 1018 de su protocolo. Tercero Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.