BOPV nº 153 · · Industria, Innovación, Comercio y Turismo

ORDEN de 1 de julio de 2010, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, por la que se regulan las ayudas para la financiación de proyectos y actuaciones para la investigación y desarrollo de las explotaciones subterráneas de áridos e innovación minera y se aprueban sus bases reguladoras.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 11.2 c) de la Ley Orgánica 3/1979 de 18 de diciembre, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía del País Vasco, la Comunidad Autónoma tiene competencia para el desarrollo legislativo y la ejecución dentro de su territorio de la legislación básica del Estado en la materia de régimen minero y energético. El Decreto 514/2009, de 22 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo. establece que corresponde a la Viceconsejería de Industria y Energía la dirección y coordinación en el área de actuación de Minas. Dentro de esta área se incluyen las actuaciones del Departamento relativas a las actividades de exploración, investigación o explotación de recursos minerales, así como el control de la seguridad de las explotaciones. La presente Orden tiene por objeto la regulación de las ayudas dirigidas a la incentivación de la investigación y desarrollo de las explotaciones subterráneas de áridos y de nuevas técnicas en el ámbito de la innovación minera, como alternativa técnica a las tradicionales explotaciones a cielo abierto, fomentando y contribuyendo, al mismo tiempo al desarrollo de explotaciones de áridos generadoras de menores impactos ambientales y, por consiguiente, más respetuosas con el medio, así como fomentar la eficiencia y la racionalidad en la explotación de los recursos mineros. Asimismo, la propia Administración puede servirse de los resultados para mejorar su gestión, por lo que este Departamento, ha estimado conveniente incentivar de este modo dicho objeto en las explotaciones mineras, convocando ayudas para la presentación de proyectos y actuaciones en dicha línea. Las ayudas se enmarcarían dentro del Reglamento (CE) 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías), publicado en el DO, L 214 de 9.08.2008, pág. 3, concretamente las establecidas en su artículo 31 referentes a investigación y desarrollo. Se trata por tanto de fomentar el desarrollo experimental de nuevas técnicas en el ámbito de la minería, en el marco del antedicho Reglamento de la Comisión, definido según establece el artículo 30 del mismo como la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados. Por otro lado, la presente Orden se adapta a lo dispuesto en la Ley 4/1999 de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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