BOPV nº 149 · · Justicia y Administración Pública
ORDEN de 15 de julio de 2010, de la Consejera de Justicia y Administración Pública, por la que se convocan subvenciones destinadas a programas de reinserción socio-laboral de personas penadas y presas.
El Estatuto de Autonomía del País Vasco establece en su artículo 10.14 la competencia exclusiva en lo que a organización, régimen y funcionamiento de las instituciones penitenciarias y de reinserción social se refiere, y en su artículo 12.1.º la competencia sobre ejecución de la legislación penal y penitenciaria, habiéndose solicitado por el Gobierno Vasco la asunción de dicha competencia, sin que haya sido transferida por el momento. De conformidad con el Decreto 472/2009, de 28 de agosto, por el que se establece la Estructura Orgánica y Funcional del Departamento de Justicia y Administración Pública, corresponde a la Dirección de Justicia el ejercicio de la función de «Ejecución de la legislación penal y penitenciaria, en coordinación con el resto de actuaciones del Gobierno en dichos ámbitos». En el ejercicio de estas funciones es intención de la Dirección de Justicia tender, dentro de las limitaciones impuestas, hacia el cumplimiento de las recomendaciones de la Resolución del Parlamento Europeo de 17 de diciembre de 1998 sobre las condiciones carcelarias en la Unión europea, que insta a los Estados miembros a aplicar el conjunto de disposiciones de la normativa penitenciaria del Consejo de Europa. Por tanto, es un objetivo fundamental de la Dirección de Justicia lograr, dentro del marco legislativo y del convenio, la mejora de los servicios penitenciarios y de los programas de reeducación y reinserción social, mediante el impulso de la reinserción socio-laboral dirigida a la efectividad del principio de reinserción social contenido en los textos internacionales y en el artículo 25.2 de la Constitución española. En los últimos años se ha podido constatar que las entidades sin ánimo de lucro que realizan los programas de reinserción socio-laboral con personas presas han ido especializándose en la atención de los diferentes problemas que afectan a este colectivo. Por ello se distinguen dos líneas subvencionables (para programas de reinserción socio-laboral intrapenitenciarias y extrapenitenciarios) que responde a esta especialización. Consecuentemente con esa especialización estas entidades han venido reclamando a la administración pública una gestión más eficiente de los recursos. En aras a una gestión más eficiente de unos recursos económicos escasos se han introducido una serie de modificaciones en la convocatoria de este año que tienden a primar como hechos subvencionables aquellos programas que respondan a programas de reinserción socio-laboral de personas presas y penadas. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.