BOPV nº 148 · · Industria, Innovación, Comercio y Turismo

RESOLUCIÓN de 16 de junio de 2010, de la Directora de Turismo, por la que se delega en los Delegados Territoriales del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo el ejercicio de la competencia sobre determinadas materias.

La Ley 6/1994, de 16 de marzo, de Ordenación del Turismo del País Vasco, modificada por Ley 16/2008, de 23 de diciembre, establece en su artículo 5.1 que la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco tiene competencia para autorizar la actividad de los establecimientos de las empresas turísticas fijando en su caso el grupo, clase, modalidad y categoría que correspondan. Asimismo el artículo 5.2 de dicha Ley, establece que las atribuciones determinadas anteriormente se ejecutarán por el órgano competente en materia de turismo, sin perjuicio de las que pudieran corresponder a otros órganos en el ámbito de sus competencias. Además en el artículo 7 de la misma Ley establece las clases de empresas turísticas y dentro de las ellas están las empresas turísticas de restauración. El Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo tiene la competencia en materia de Turismo, atribuida por el artículo 11 del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, modificado por el Decreto 20/2009, de 30 de julio, del Lehendakari. Por otra parte el Decreto 514/2009, de 22 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, en su artículo 18.b) establece que tiene competencia la Dirección de Turismo en materia de coordinación y para controlar los procedimientos de ordenación turística, tanto en registro, autorizaciones, reclamaciones e inspecciones. Con la finalidad de agilizar y lograr una mayor eficacia en la tramitación administrativa y así aconsejarlo razones de índole técnica y territorial, resulta necesaria llevar a cabo una delegación en el ejercicio de las competencias del citado Decreto 514/2009, de 22 de septiembre, atribuye, a la Dirección de Turismo. De este modo se pretende lograr una gestión más acorde con los principios de economía, celeridad y eficacia que gobiernan la actuación administrativa. En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, RESUELVO : Primero Delegar en los Delegados Territoriales del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo el ejercicio, en sus respectivos ámbitos territoriales de la competencia, para expedir las autorizaciones para la actividad y clasificación de los establecimientos de restauración pertenecientes al grupo restaurantes y al grupo de cafeterías, así como de inscripción en el registro de establecimientos y empresas turísticas de las empresas de restauración, atribuida a la Dirección de Turismo en el Decreto 514/2009, de 22 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus