BOPV nº 146 · · Empleo y Asuntos Sociales
ORDEN de 7 de julio de 2010, de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, por la que se regulan las ayudas para la asistencia técnica en las Empresas de Economía Social de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Desde hace años el Departamento de Empleo y Asuntos Sociales, viene impulsando la implantación de herramientas de gestión en las empresas de Economía Social con el objetivo de dotarlas de instrumentos que mejoren su administración y dirección y, en definitiva, su capacidad competitiva. A este fin, se viene manteniendo una línea de ayudas que a lo largo de los años transcurridos se ha ido adecuando a las nuevas necesidades a medida que estas se detectaban. La experiencia acumulada demuestra que la implantación de estos instrumentos en empresas de Economía Social contribuye de forma importante en la mejora de su gestión; instrumentos que se han revelado especialmente necesarios en empresas de reducidas dimensiones, con menos de 50 personas trabajadoras, en las que se puede detectar un mayor déficit o dificultad en la gestión empresarial. Estas deficiencias o dificultades se acentúan además cuando se trata de nuevas empresas, necesitadas de todo tipo de recursos técnicos de gestión, acrecentada en muchos casos, en el área de la gestión comercial. La presente convocatoria es una continuación de la realizada en el ejercicio anterior, recoge el mismo diseño del programa subvencional y sus mismos criterios valorativos. En este sentido, para el presente año se mantiene la subvención de los instrumentos genéricos de planificación, los Planes Estratégicos y de Gestión anual, y el asesoramiento, también de carácter general, a los administradores en la gestión, para empresas de Economía Social de menos de 50 trabajadores o trabajadoras, entendiéndose que tienen aún una carencia significativa por cubrir. Asimismo, se continúa con el asesoramiento específico para las pequeñas empresas de Economía Social de reciente creación, complementando la que reciban con carácter general, así como la posibilidad de que el asesoramiento en gestión comercial se realice no sólo respecto de Cooperativas o Sociedades Laborales que se acojan al programa de ayudas para emprender en Economía Social, sino también que hayan sido beneficiarias de ayudas reguladas por el Capítulo IV del Decreto 328/2003, de 23 de diciembre, de Apoyo a la Cultura Emprendedora y a la Creación de Empresas. Por otra parte, se mantiene la posibilidad de un acceso cíclico a estas ayudas por parte de las empresas de Economía Social de menos de 15 puestos de trabajo, si han transcurrido 4 años desde la última Resolución de concesión de subvención a la implantación del mismo instrumento de gestión solicitado. Los cuatro instrumentos novedosos incluidos de las convocatorias de 2008 y 2009 se mantienen, con el convencimiento de que se mostrarán su eficacia para con los objetivos estratégicos de la Dirección, una vez superado el lógico período necesario de conocimiento y puesta en práctica de estas nuevas acciones promovidas por la ayuda pública. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.