BOPV nº 140 · · Cultura

DECRETO 200/2010, de 13 de abril, de modificación del Decreto por el que se regula la concesión de subvenciones a fundaciones y asociaciones con dependencia orgánica de partidos políticos con representación en el Parlamento Vasco.

Mediante Decreto 164/2008, de 30 de septiembre, se reguló la concesión de subvenciones a fundaciones y asociaciones con dependencia orgánica de partidos políticos con representación en el Parlamento Vasco, estableciéndose, entre otros aspectos, la composición de la Comisión de Valoración encargada del análisis y la elaboración de la propuesta de resolución. Mediante los Decretos 4/2009, de 8 de mayo, y 20/2009, de 30 de julio, del Lehendakari, se ha procedido, por un lado, a la creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco así como la determinación de las funciones y áreas de actuación de los mismos, y, de otro lado, se ha procedido a la modificación del primero de ellos, respectivamente. Así mismo, mediante los Decretos 472/2009, de 28 de agosto, y 57/2010, de 23 de febrero, se ha procedido, por un lado, al establecimiento de la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Administración Pública, y, de otro lado, se ha se ha procedido a la modificación del primero de ellos, respectivamente. Como consecuencia de lo anterior, se han originado cambios que inciden en la composición cualitativa de la Comisión de Valoración encargada del análisis y la elaboración de la propuesta de Resolución, en virtud de lo establecido en el artículo 8 del Decreto 164/2008, de 30 de septiembre, mediante el que se regula la concesión de subvenciones a fundaciones y asociaciones con dependencia orgánica de partidos políticos con representación en el Parlamento Vasco. En su virtud, a propuesta de la Consejera de Cultura, y deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 13 de julio de 2010, DISPONGO : Artículo único Se modifica el artículo 8.1 del Decreto 164/2008, de 30 de septiembre, Decreto por el que se regula la concesión de subvenciones a fundaciones y asociaciones con dependencia orgánica de partidos políticos con representación en el Parlamento Vasco, que quedará redactado como sigue: Artículo 8 Comisión de Valoración. Para el análisis y evaluación de las solicitudes presentadas se constituirá una Comisión de Valoración integrada por las siguientes personas: a) El Director/a de Servicios del Departamento de Cultura, que presidirá la Comisión. b) El Director/a del Instituto Vasco de Administración Pública o, en su defecto, un técnico/a del mismo organismo autónomo designado/a por aquél(la). c) El Director/a de Registros Administrativos y de Régimen Local del Departamento de Justicia y Administración Pública o, en su defecto, un técnico/a de la misma dirección designado/a por aquél(la). d) El Director/a de Promoción de la Cultura o, en su defecto, un técnico/a de la misma dirección designado/a por aquél(la). e) Un técnico/a de la Dirección de Servicios del Departamento de Cultura, designado por el Director/a de la misma, que actuará como secretario/a, con voz pero sin voto. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus