BOPV nº 138 · · Cultura

ORDEN de 7 de julio de 2010, de la Consejera de Cultura, por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones destinadas a «Kale antzerkia bultzatuz».

De conformidad al Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, modificado por el Decreto 20/2009, de 30 de julio, competen al Departamento de Cultura las funciones relativas a actividades artísticas y culturales así como su difusión. Las referidas funciones se atribuyen en el seno del Departamento de Cultura, y a través del Decreto 25/2006, de 14 de febrero, por el que se establece su estructura orgánica, a la Dirección de Promoción de la Cultura. La actual crisis económica está afectando de modo muy importante a la programación cultural en el área de las artes escénicas lo que incide negativamente en la sostenibilidad del tejido empresarial teatral vasco, siendo una de las áreas más desatendidas dentro de este campo el sector del teatro de calle. El Departamento de Cultura del Gobierno Vasco sensible a esta situación y consciente del importante esfuerzo económico que los ayuntamientos realizan, considera necesario colaborar y apoyar las programaciones de artes escénicas al aire libre mediante el programa «Kale Antzerkia bultzatuz». En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Orden la regulación de las condiciones de concesión de subvenciones destinadas a financiar parte del gasto que ocasiona el desarrollo de programas anuales de exhibición de espectáculos de teatro de compañías vascas en espacios públicos al aire libre durante el año 2010. No se subvencionarán las programaciones insertas en ciclos o festivales que obtengan subvenciones por otras vías. Artículo 2 Entidades beneficiarias. Sin perjuicio de cuantos otros requisitos queden específicamente establecidos en la presente Orden podrán solicitar estas ayudas los Ayuntamientos, Cuadrillas y Mancomunidades o sus Organismos Autónomos Municipales que cumplan los siguientes requisitos: a) Disponer de espacios de representación apropiados, señalizados y acotados con locales adecuados para utilizarlos como camerinos y vestuarios y que cumplan todas las medidas de seguridad exigidas por la legislación vigente, así como un seguro de responsabilidad civil para los espectáculos que se programen. b) Disponer de una persona responsable que coordine todos los aspectos técnicos del programa. c) Disponer de la partida presupuestaria correspondiente para poder asumir los gastos de contratación de las compañías o artistas participantes, así como de los gastos de producción derivados de los espectáculos. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus