BOPV nº 138 · · Economía y Hacienda

ORDEN de 1 de junio de 2010, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se modifican las cuantías de los apartados a), b) y d) del apartado 2 del artículo 9 del Decreto 136/1996, de 5 de junio, sobre régimen de la contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

El artículo 9.2 del Decreto 136/1996, de 5 de junio, sobre régimen de la contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, establece una distribución de competencias para la tramitación de expedientes de contratación entre la Comisión Central de Contratación y las Mesas de Contratación que asisten a los diferentes órganos de contratación de los Departamentos y Organismos Autónomos de esta Administración, en función de cuantías por tipo de contrato administrativo. Tal distribución buscaba la convergencia entre la necesaria agilidad en las contrataciones, el refuerzo de la especialización en la tramitación y la garantía del cumplimiento de la legalidad. Al mismo tiempo, y en este mismo artículo, el propio Decreto establece la previsión de que las cuantías señaladas en los apartados a), b), d) y e) puedan ser modificadas por Orden del Consejero de Hacienda y Administración Pública, habiendo sido oídos los Departamentos afectados, cuando razones de índole técnica o económica lo aconsejen en orden a mantener el equilibrio necesario entre los principios de inmediatez y especialización en la gestión. Por su parte, el Decreto 20/2009, de 30 de julio, del Lehendakari, de modificación del Decreto de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, atribuye al Departamento de Economía y Hacienda, entre otras, la correspondiente al ámbito de la contratación. El tiempo transcurrido desde la entrada en vigor de dicho Decreto, así como modificaciones técnicas introducidas por la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en la regulación de los contratos de servicios, han venido a alterar el equilibrio preexistente en la distribución de competencias entre la Comisión Central de Contratación, adscrita a la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Economía y Hacienda, y las diferentes Mesas de Contratación existentes en la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Por otra parte, la consolidación en las estructuras de los Departamentos y Organismos Autónomos de los correspondientes servicios de contratación administrativa, así como la experiencia adquirida por las diferentes Mesas de Contratación creadas a partir de la entrada en vigor del Decreto 136/1996, de 5 de junio, garantizan suficientemente el cumplimiento de la legalidad en los procedimientos de contratación que con la actualización proyectada pasarían a ser tramitados en ellas. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus