BOPV nº 136 · · Industria, Innovación, Comercio y Turismo
RESOLUCIÓN de 16 de julio de 2010, de la Viceconsejera de Comercio y Turismo, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas reguladas en el programa de apoyo a la modernización de las empresas turísticas, para el ejercicio 2010.
La Orden de 30 de junio de 2010, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio, y Turismo, regula el programa de apoyo a la modernización de las empresas turísticas (BOPV de 14 de julio de 2010). De conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria de las ayudas que en la misma se recogen, para el ejercicio 2010, dictando a tal objeto las normas necesarias. Por lo expuesto, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Resolución, la convocatoria, para el ejercicio 2010, de las ayudas previstas en la Orden del Consejero de Industria, Innovación, Comercio, y Turismo, por la que regula el programa de apoyo a la modernización de las empresas turísticas. Para este fin se destinará un total de 400.000 euros, según el correspondiente crédito presupuestario establecido al respecto en la Ley 2/2009, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2010. El volumen total de las ayudas a conceder no superará la citada consignación o la que resulte de su actualización, conforme al régimen de vinculación crediticia o de modificación presupuestaria previsto en la legislación vigente y, en su caso, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, y con carácter previo a la resolución de las mismas. De dicha circunstancia se dará publicidad mediante resolución de la Viceconsejera de Comercio y Turismo. Artículo 2 Requisitos. Las entidades solicitantes, para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden que regula el programa de apoyo a la modernización de las empresas turísticas, deberán reunir los requisitos y condiciones para el acceso a las mismas, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Orden de referencia. Las solicitudes se podrán efectuar por medios electrónicos, de conformidad con el Decreto 232/2007, de 18 de diciembre, por el que se regula la utilización de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en los procedimientos administrativos (BOPV n.º 22, de 31 de enero de 2008) y con el artículo 10.1 de la Orden de referencia. En este caso, los trámites se realizarán en la web www.euskadi.net una vez publicada esta convocatoria. Alternativamente a la opción anterior, también se podrán tramitar las solicitudes y demás documentación complementaria en la correspondiente Delegación Territorial del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, bien directamente o por cualquiera de los medios previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El modelo de solicitud y formularios se ajustaran a los que aparecen en el anexo a esta convocatoria, y podrán, igualmente, obtenerse en la web: www.euskadi.net/turismo. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.