BOPV nº 136 · · Educación, Universidades e Investigación
DECRETO 185/2010, de 6 de julio, por el que se aprueba el Acuerdo Regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario docente no universitario de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
El ordenamiento jurídico regula con carácter general la materialización del derecho a la negociación colectiva, así como la representación y participación institucional en la determinación de las condiciones de trabajo de los y las empleadas públicas, que se efectúa mediante la capacidad representativa reconocida a las Organizaciones Sindicales. De ese modo, Administración y Sindicatos pueden llegar a Acuerdos para la determinación de las condiciones de trabajo del personal funcionario, en relación con materias propias de su competencia. En cumplimiento de las referidas previsiones, y conforme a lo dispuesto en el Decreto 304/1987, de 6 de octubre, de Órganos de representación, regulación del proceso electoral, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco, modificado por Decreto 228/1990, de 4 de septiembre, se constituyó la Mesa Sectorial de negociación para el personal docente público no universitario, iniciándose el proceso de negociación con las Organizaciones Sindicales que señalaban los entonces vigentes artículos 30 y 31 de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de Órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y que finalmente se vio culminado el 7 de junio de 2010 con la firma de un Preacuerdo entre el Departamento de Educación, Universidades e Investigación y las Centrales Sindicales CC.OO. y FETE-UGT. Atendiendo a lo dispuesto en la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público, la validez y eficacia del preacuerdo obtenido requiere de su formal y expresa aprobación por el Consejo de Gobierno, a la que se procede ahora mediante el presente Decreto. En su virtud, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 6 de julio de 2010, DISPONGO : Artículo único Aprobar el Acuerdo Regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario docente no universitario de la Comunidad Autónoma de Euskadi, que se acompaña como anexo al presente Decreto. Dado en Vitoria-Gasteiz, a 6 de julio de 2010. El Lehendakari, FRANCISCO JAVIER LÓPEZ ÁLVAREZ. La Consejera de Educación, Universidades e Investigación, MARÍA ISABEL CELAÁ DIÉGUEZ. ANEXO ACUERDO REGULADOR DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEL PERSONAL FUNCIONARIO DOCENTE NO UNIVERSITARIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI TÍTULO PRELIMINAR DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 Ámbito territorial. El Acuerdo será de aplicación en todo el Territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Artículo 2 Ámbito personal. El presente Acuerdo se aplicará a todo el personal funcionario docente de niveles no universitarios, sin perjuicio de excepciones específicas que en el articulado se contemplen para el personal no funcionario de carrera. Artículo 3 Ámbito temporal. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.