BOPV nº 134 · · Osakidetza-Servicio vasco de salud

RESOLUCIÓN 2238/2010, de 14 de junio, del Director General de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, por la que se convocan ayudas para ampliación de estudios de la plantilla del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud.

Tal y como se regula en el Título V, artículo 31 de la Ley 8/1997 de Ordenación Sanitaria de Euskadi sobre docencia e investigación se «Promoverá la formación y reciclaje y perfeccionamiento profesional de los profesionales sanitarios y no sanitarios del campo de la salud y la administración y gestión sanitarias desde una perspectiva interdisciplinar». Asimismo y recogiendo este propósito, el artículo 3.d) del Capítulo Primero de los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud menciona que se deberá promover la formación y actualización de los conocimientos especializados que requiere su personal sanitario y no sanitario perteneciente a dicho ente público. Debido a esto una de las líneas de actuación primordiales en Osakidetza-Servicio Vasco de Salud para responder al propósito expresado tanto en la LOSE como en los Estatutos Sociales del ente público debe traducirse en la concesión de ayudas económicas al personal de dicho ente, con la finalidad de que pueda acceder a actividades formativas que actualicen sus conocimientos profesionales. Así pues, el objetivo general de estas ayudas económicas sería el de promover la mejora de la calidad de los servicios sanitarios y la formación de sus profesionales en aquellas áreas y actuaciones consideradas prioritarias. Por lo expuesto, en virtud de las atribuciones conferidas por la Resolución 2235/2010, de 10 de junio, del Director General de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud por la que se avoca la competencia para convocatoria de ayudas de ampliación de estudios de la plantilla del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud. RESUELVO : Objeto. La presente Resolución tiene por objeto establecer la convocatoria y las bases reguladoras por la que ha de regirse la adjudicación de ayudas dirigidas a la realización de estudios de formación continuada (por Formación Continua se ha de entender toda actividad dirigida a la capacitación, fortalecimiento, ampliación o actualización de los conocimientos, técnicas o habilidades que un profesional puede necesitar para el mejor desempeño de sus funciones. Real Decreto 1046/2003) dentro del campo de la Sanidad, tanto en los aspectos clínicos como de gestión, en centros o instituciones nacionales de reconocido prestigio, cuyo plazo de inscripción comience durante el año 2010 o fuera posterior al cierre de la convocatoria del pasado año. Quedan por tanto excluidas de esta convocatoria aquellas actividades formativas cuya finalidad sea la obtención de una especialidad clínica. Financiación. La financiación de las ayudas previstas se efectuará con cargo a los presupuestos de la Organización Central de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, a través de la partida contemplada para este fin de «Reuniones, Conferencias y Cursos». El importe total del programa de Ayudas de Ampliación de Estudios es de 90.000 euros. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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