BOPV nº 132 · · Cultura

DECRETO 163/2010, de 22 de junio, de clubes deportivos y agrupaciones deportivas.

La Comunidad Autónoma del País Vasco, de acuerdo con el artículo 10.36 del Estatuto de Autonomía, ostenta competencia exclusiva en materia de deporte. En ejercicio de este título competencial, el Parlamento Vasco aprobó la Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del País Vasco. El presente Decreto desarrolla, en materia de clubes deportivos y agrupaciones deportivas, dicha Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del País Vasco, sustituyendo así el Decreto 29/1989, de 14 de febrero, de constitución y funcionamiento de los clubes deportivos y agrupaciones deportivas, aprobado sobre la base de la antigua Ley 5/1988, de 19 de febrero, de la Cultura Física y del Deporte ya derogada. Con esta disposición se pretende desarrollar el nuevo modelo asociativo deportivo diseñado en la Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del País Vasco, y, al mismo tiempo, dar respuesta a los diversos problemas suscitados con la aplicación del Decreto vigente hasta la fecha. Una de las novedades importantes del Decreto es la simplificación de la regulación de las entidades deportivas que, por ello, ven conformado su régimen jurídico sobre la base del régimen asociativo general. De este modo, las entidades deportivas reguladas en este Decreto se regirán en todas las cuestiones relativas a la constitución, organización, funcionamiento, extinción y cuestiones análogas por las normas del Decreto y demás disposiciones de desarrollo de la Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del País Vasco. Tales entidades se regirán, en lo no dispuesto expresamente en dichas disposiciones deportivas, por la normativa general en materia de asociaciones. Además, en materia de régimen orgánico les resultarán de aplicación preferente sus propios estatutos y reglamentos debidamente aprobados por sus órganos competentes. Como también se ha visto afectado por la citada Ley el Decreto 282/1989, por el que se determinaron los requisitos y la tramitación de las declaraciones de utilidad pública de clubes y federaciones deportivas, a través de la presente disposición se actualiza el régimen de las declaraciones de utilidad pública de los clubes deportivos, pues las federaciones deportivas ya son entidades de utilidad pública ex lege. El Decreto pretende ser absolutamente respetuoso con la naturaleza asociativa privada de los clubes deportivos. En consonancia con esa clara naturaleza asociativa privada de los clubes deportivos, el Decreto elimina numerosos apuntes intervencionistas que se encuentran dispersos en el Decreto 29/1989, de 14 de febrero, de constitución y funcionamiento de los clubes deportivos y agrupaciones deportivas, intervencionismo que, a la luz de la vigente Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del País Vasco, resulta carente de justificación. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus