BOPV nº 127 · · Industria, Innovación, Comercio y Turismo
RESOLUCIÓN de 2 de julio de 2010, de la Viceconsejera de Comercio y Turismo, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas destinadas a la promoción y comercialización turística para el ejercicio 2010.
La Orden de 17 de mayo de 2006 (BOPV n.º 103, de 1 de junio de 2006) modificada por Orden de 25 de febrero de 2008 (BOPV n.º 57, de 26 de marzo de 2008), por Orden de 4 de febrero de 2009 (BOPV n.º 41, de 27 de febrero de 2009) de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, y por Orden de 10 de junio de 2010, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, establece el marco de ayudas de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco destinadas a la promoción y comercialización turística. Los recursos económicos destinados a la concesión de las citadas ayudas procederán de las correspondientes partidas presupuestarias establecidas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, cuya regulación, para el presente ejercicio, se establece en la Ley 2/2009, de 23 de diciembre. De conformidad a lo establecido en el artículo 5 de la citada orden, procede realizar la convocatoria de las ayudas que en el mismo se establecen, para el ejercicio 2010, dictando a tal objeto las normas necesarias. Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el artículo 5 de la orden de referencia, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto, de la presente Resolución, la convocatoria, para el ejercicio 2010 de las ayudas previstas en la Orden de 17 de mayo de 2006, modificada por Orden de 25 de febrero de 2008, por Orden de 4 de febrero de 2009, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo y por Orden de 10 de junio de 2010, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, por la que se regula la concesión de ayudas destinadas a la promoción y comercialización turística. Para este fin se destinarán 1.772.480 euros, según el correspondiente crédito presupuestario establecido al respecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para 2010. Este importe podrá ser modificado teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Consumo y con carácter previo a la resolución de las mismas. De esta circunstancia se dará publicidad mediante resolución de la Viceconsejera de Comercio y Turismo. Artículo 2 Requisitos. Para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden de 17 de mayo de 2006, modificada por Orden de 25 de febrero de 2008, por Orden de 4 de febrero de 2009, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo y por Orden de 10 de junio de 2010, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, por la que se regula la concesión de ayudas destinadas a la promoción y comercialización turística, deberán ostentar la condición de beneficiarios y beneficiarias, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la orden de referencia. Artículo 3 Solicitudes y plazo. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.