BOPV nº 127 · · Presidencia del Gobierno

LEY 3/2010, de 24 de junio, de modificación de la Ley por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2010.

Se hace saber a todos los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi que el Parlamento Vasco ha aprobado Ley 3/2010, de 24 de junio, de modificación de la Ley por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2010. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS A lo largo del primer semestre de 2010 se ha producido en la Unión Europea una crisis en los mercados de capitales como respuesta a las dudas sobre la capacidad de determinados países para corregir los déficits y devolver su deuda. Esta situación ha provocado la reacción conjunta de la Unión Europea en defensa de sus países miembros y, sobre todo, del euro, que ha tenido como consecuencias más notables la aprobación de un mecanismo de actuación conjunta con el objeto de ayudar a los países de la zona euro con dificultades para pagar su deuda pública, así como la activación de una serie de medidas de carácter presupuestario al objeto de adelantar los calendarios de reequilibrio presupuestario y reducir el déficit público. En este contexto, el Real Decreto Ley 8/2010, de 20 de mayo, adoptaba las medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, y en concreto contemplaba las medidas extraordinarias que es necesario adoptar para dar cumplimiento al compromiso de acelerar, en 2010 y 2011, la reducción del déficit inicialmente prevista. La dureza y profundidad de la crisis económica ha llevado a todos los países industrializados a realizar un esfuerzo significativo para paliar las consecuencias de la crisis y preservar los niveles alcanzados de desarrollo y bienestar. No obstante, las finanzas públicas han sufrido un grave deterioro que ahora debe ser corregido como requisito esencial para alcanzar una recuperación económica sólida y duradera. A ello responden las medidas incluidas en el citado Real Decreto Ley, cuyo objetivo se concreta en reducir un 5% la masa salarial, en términos anuales. Dicha reducción es de obligada aplicación a todas las administraciones públicas. La aplicación de la normativa básica es trascendental para el logro de los objetivos comunes de racionalización y eficacia de los gastos de personal así como de su reducción mientras persistan las circunstancias económicas extraordinarias actuales, de manera que esta normativa básica, en los términos redactados por el citado Real Decreto Ley, debe estar orientada a la consecución de los mismos. En el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco la situación, aun siendo comparativamente mejor, también precisa de medidas para reducir el déficit público y alcanzar una senda de estabilidad presupuestaria compatible con el crecimiento económico y la creación de empleo, así como con el mantenimiento y desarrollo de los servicios públicos fundamentales. Para asegurar el cumplimiento de esta finalidad, se garantiza que los créditos excedentarios se aplicarán a la reducción del endeudamiento previsto, y no a la financiación de otros gastos. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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