BOPV nº 125 · · Industria, Innovación, Comercio y Turismo

RESOLUCIÓN de 1 de julio de 2010, de la Viceconsejera de Comercio y Turismo, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas para la realización de congresos, jornadas, reuniones y visitas técnicas de contenido turístico para el ejercicio 2010.

La Orden de 19 de enero de 2009 de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo establece el programa de ayudas para la realización de congresos, jornadas reuniones y visitas técnicas de contenido turístico (BOPV n.º 32, de 1 de febrero de 2009) y ha sido modificada por Orden de 16 de junio de 2010, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo (BOPV de 30 de junio 2010). Los recursos económicos destinados a la concesión de las citadas ayudas procederán de las correspondientes partidas presupuestarias establecidas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi. De conformidad a lo establecido en el artículo 7 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria de las ayudas que en el mismo se establecen, para el ejercicio 2010, dictando a tal objeto las normas necesarias. Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el artículo 7 de la Orden de referencia, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Resolución, la convocatoria para el ejercicio 2010 de las ayudas previstas en la Orden por la que se regula la concesión de ayudas para la realización de congresos, jornadas, reuniones y visitas técnicas de contenido turístico. Para este fin se destinarán 80.000 euros, según el correspondiente crédito presupuestario establecido al respecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Este importe podrá ser modificado teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Consumo y con carácter previo a la resolución de las mismas. De esta circunstancia se dará publicidad mediante resolución de la Viceconsejera de Turismo. Artículo 2 Requisitos. Las entidades solicitantes, para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden por la que se regula la concesión de ayudas para la realización de congresos, jornadas, reuniones y visitas técnicas de contenido turístico, deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden de referencia. Artículo 3 Solicitudes y plazo. Las solicitudes se podrán efectuar por medios electrónicos, de conformidad con el Decreto 232/2007, de 18 de diciembre, por el que se regula la utilización de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en los procedimientos administrativos (BOPV n.º 22, de 31 de enero de 2008). En este caso, los trámites se realizarán en la web www.euskadi.net una vez publicada esta convocatoria. Alternativamente a la opción anterior, también se podrán dirigir a la Dirección de Turismo y presentar las solicitudes, y demás documentación complementaria, en la correspondiente Delegación Territorial del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, bien directamente o por cualquiera de los medios previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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