BOPV nº 118 · · Presidencia del Gobierno

RESOLUCIÓN de 21 de abril de 2010, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se acepta la solicitud de renuncia de la subvención concedida a la Asociación de Hombres de Ermua para la Igualdad «Zipriztintzen» mediante Resolución de 21 de abril de 2009, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se regula la concesión de subvenciones, durante el ejercicio 2009, dirigidas a asociaciones de hombres que trabajen por la igualdad de mujeres y hombres e

Exp. N.º 03/2009/SG. Visto el expediente relativo a la Asociación de Hombres de Ermua para la Igualdad «Zipriztintzen» como entidad beneficiaria de la subvención concedida al amparo de la convocatoria de subvenciones durante el ejercicio 2009, dirigidas a asociaciones de hombres que trabajen por la igualdad de mujeres y hombres en la Comunidad Autónoma de Euskadi, ANTECEDENTES DE HECHO Primero Mediante Resolución de 21 de abril de 2009, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer (BOPV, n.º 103, de 2 de junio de 2009), se reguló la concesión de subvenciones, durante el ejercicio 2009, dirigidas a asociaciones de hombres que trabajen por la igualdad de mujeres y hombres en la Comunidad Autónoma de Euskadi. Segundo De conformidad con la Resolución de 1 de septiembre de 2009, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se conceden subvenciones para el año 2009 dirigidas a asociaciones de hombres que trabajen por la igualdad de mujeres y hombres en la Comunidad Autónoma de Euskadi (BOPV n.º 196, de 13 de octubre de 2009), la Asociación de Hombres de Ermua para la Igualdad «Zipriztintzen» resultó beneficiaria de una subvención por importe de 1.004,06 euros para la realización de la actividad subvencionada Video de Zipriztintzen contra la violencia machista. También resultó beneficiaria por otra actividad al amparo de la misma convocatoria. Tercero En aplicación del artículo 14 de la Resolución de 21 de abril de 2009, transcurrido el plazo para la aceptación tácita, se efectuó un primer pago del 75% de la cantidad concedida, cuya cantidad de 753,045 euros correspondía a la actividad subvencionada Video de Zipriztintzen contra la violencia machista. El pago del 25% restante (251,015 euros), se debía pagar una vez justificados todos los gastos generados por las actividades subvencionadas mediante la presentación, hasta el 28 de febrero de 2010, de una serie de documentación que la Resolución de 21 de abril de 2009 especifica. Cuarto La Asociación beneficiaria, mediante escrito con fecha de registro de entrada de este Instituto de 24 de febrero de 2010, ha comunicado la suspensión de la actividad del proyecto Video de Zipriztintzen contra la violencia machista que fue objeto de subvención, alegando los motivos y la intención de desarrollarlo, a ser posible, en el próximo ejercicio. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero El escrito presentado por la Asociación se ha calificado de renuncia a los derechos que le corresponden a la Asociación como entidad beneficiaria. La competencia para resolver la solicitud de renuncia deriva del artículo 12 de la Resolución de 21 de abril de 2009, en el que se establece la competencia para resolver la convocatoria de subvenciones que nos ocupan, por lo que es la Directora del Instituto el órgano competente para conocer sobre la aceptación o no de la renuncia. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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